[R-P] Fallo de la Cámara de Apelaciones contra Cablevisión

Camila Bages camybages en gmail.com
Mie Sep 1 08:17:48 MDT 2010


 CÁMARA DE APELACIONES FALLA A FAVOR DEL GOBIERNO Y CONTRA CABLEVISIÓN.
LOCAL. . BUENOS AIRES, 1/09/2010 (PSI)La Cámara de Apelaciones en lo
Contencioso Administrativo Nº 3, emitió una resolución a favor del
Gobierno Nacional, al hacer lugar a una apelación y dejar firme un
fallo que impedía que las operadoras de televisión por cable y
satelital (entre las que se encuentran Cablevisión y Direct TV)
aumentaran el costo de sus servicios.
         A principios del mes de marzo, las operadoras de TV por
cable, anunciaron un incremento de sus abonos, ante lo cual la
Secretaría de Comercio Interior dictó una resolución (la 50/10)
mediante la cual se impedía el aumento y obligaba a las empresas a
justificar las razones por las cuales pretendía imponer el mismo.
         A través de la resolución la Secretaría dispuso que las
empresas de televisión paga se sometan a una fórmula para determinar
el valor del abono que deberán cobrar a sus clientes, y remarcaban en
la misma que tal norma "no vulnera los derechos de propiedad de las
empresas emisoras", sino que la medida atiende a "defender los
derechos de los consumidores".
         Especificaban que con esta disposición se pretendía lograr
que "la única discriminación de precios posible -en el mercado de
televisión paga- surgirá de los diferenciales de costos de los
diversos contenidos que conforman el paquete que el consumidor elige".
         La medida fue apelada por los operadores privados y un juez
de primera instancia dictó una medida cautelar que suspendió la
vigencia de la resolución, ante lo cual el Gobierno Nacional recurrió
a la Cámara de Apelaciones que ahora falló definitivamente en favor
del Estado.
         En los considerandos de la resolución que lleva la firma de
los jueces Jorge Esteban Argento y Sergio Gustavo Fernández y a la que
la prensa tuvo acceso, se señala que la Secretaría de Comercio
Interior se encuentra autorizada para dictar la medida "como autoridad
de aplicación de la Ley 20.680 y sus modificatorias" y que como tal
posee "las facultades para intervenir o disponer temporariamente de
aquellos elementos indispensables para el cumplimiento del proceso de
comercialización".
         Agrega que el accionar de la Secretaría de Comercio Interior
"no parece susceptible de serio y fundado cuestionamiento", en cuanto
a la "habilitación y consiguiente competencia material para el dictado
de la resolución 50/10" y que "se debe respetar la actividad
desplegada".
          En otro tramo de la resolución indica que no existía un
"real peligro" en la demora de la sustanciación del reclamo planteado
por las operadoras para justificar la emisión de la medida cautelar.
          La Cámara señala en su dictamen finalmente que "se resuelve
admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y
revocar la resolución 351/353 (dictada por el juez de primera
instancia) dejándose sin efecto la medida allí dictada. Con costas a
la parte actora".- X

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Camila Bages
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