[R-P] [B. Clavero] Estado de emergencia contra indígenas en Perú
Nestor Gorojovsky
nmgoro en gmail.com
Mie Mayo 13 10:53:00 MDT 2009
Gentileza Bob Weiss
Mercosur Noticias – Argentina – 13.05.2009
Estado de Emergencia contra Indígenas en el Perú
Por Bartolomé Clavero (*)
El pasado miércoles seis de mayo el Consejo Directivo Nacional de la
Asociación Inter-étnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) hizo
público un pronunciamiento denunciando que el Gobierno ha emprendido la
política de “agredir sin miramientos”. La respuesta gubernamental ha
venido a confirmar el motivo de la denuncia. El viernes ocho se acuerda,
el sábado nueve se publica y el domingo diez entra en vigor un Decreto
Supremo de la Presidencia del Consejo de Ministros, refrendado por el
ministro de Defensa, la ministra del Interior, la ministra de Justicia y
el ministro de Energía y Minas, decretando el Estado de Emergencia en
diversos distritos de los Departamento de Cusco, Ucayali, Loreto y
Amazonas, las zonas indígenas donde se desarrolla una fuerte
movilización desde hace un mes.
El decreto de declaración de tal estado de excepción explica en un
enfático preámbulo que las actividades de las empresas extractoras que
operan en los territorios indígenas del caso son de “interés público” al
tiempo que guarda el más clamoroso silencio sobre los derechos de los
pueblos que los habitan desde tiempos anteriores a la presencia no sólo
de las empresas, sino también del Estado peruano mismo. El
pronunciamiento de la AIDESEP se refiere a esto segundo: “En nuestros
territorios no hemos consentido la presencia de empresa alguna, por no
haber sido consultados de conformidad con lo que disponen las normas
internacionales como el Convenio 169-OIT y la Declaración de la
Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas del mundo”. No sólo se trata de una presencia humana,
sino también del derecho que le corresponde a ser consultada conforme al
ordenamiento internacional de los derechos humanos.
En concreto, la movilización indígena, movilización que viene
desarrollándose en las últimas semanas y que la declaración del estado
de excepción intenta doblegar, reclama la derogación de nueve decretos
extremamente lesivos para indígenas que se aprobaron sin consulta bajo
la cobertura forzada de las facultades extraordinarias conferidas por el
Congreso al Gobierno para “facilitar la implementación del Acuerdo de
Promoción Comercial Perú-Estados Unidos” (de América). El primero quedó
habilitado durante buena parte del año pasado para promulgar decretos
con pleno valor de ley sin control ninguno del Congreso, lo que se
aprovechó para dictar unos cuantos contra los derechos de los pueblos
indígenas, unos derechos que el propio gobierno está comprometido
internacionalmente a reconocer y garantizar.
En realidad eran once los decretos especialmente lesivos para indígenas,
pero la movilización de hace diez meses ya condujo a la derogación de
los dos peores. Para dirimir el problema de los restantes, a
continuación se organizó en el Congreso una Comisión Multipartidaria
Encargada de Estudiar y Recomendar la Solución a la Problemática de los
Pueblos Indígenas. En diciembre pasado emitió su Informe sobre los
Decretos Legislativos vinculados a los Pueblos Indígenas promulgados por
el Poder Ejecutivo en virtud de la habilitación dicha. Su recomendación
fue la de que se tomara seriamente en consideración la derogación de
todo ese manojo de decretos “por ser contrarios al orden constitucional
referido a las comunidades campesinas y nativas, así como al derecho a
la identidad étnica y cultural, y a la aplicación e interpretación de
tratados”, como principalmente el mencionado Convenio 169, el Convenio
de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y
Tribales en Países Independientes.
Frente a la misma posición favorable a acordar la legislación con la
Constitución y el derecho internacional, posición que ha venido ganando
terreno en el seno del Congreso, el gobierno ha impedido hasta hoy que
se proceda a dicho reajuste del ordenamiento peruano. La AIDESEP ha
propuesto la formación de una Mesa de Diálogo entre partes a la que el
gobierno ha respondido con el Estado de Emergencia o, mejor dicho, con
las agresiones “sin miramientos” que se comenzaron a acometer sin la
cobertura de dicha declaración de excepción y así atropellando la
Constitución no sólo en cuanto al reconocimiento de derechos indígenas,
sino también respecto a las garantías de las libertades más elementales.
La declaración de emergencia se vale de la Constitución, que es todavía
la fujimurista, para permitir el atropello de todo derecho de personas,
comunidades y pueblos indígenas en las zonas que se especifican.
El decreto de declaración de la excepción activa la previsión del inciso
primero del artículo 137 de la Constitución, conforme al cual, para el
“caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de
graves circunstancias que afectan la vida de la Nación”, “dando cuenta
al Congreso” y sin necesidad de su consentimiento, “puede restringirse o
suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la
libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y
la libertad de reunión y de tránsito en el territorio” durante el
término máximo de sesenta días, prorrogables mediante nuevo decreto, sin
más cautela sustancial que la de que “en ninguna circunstancia se puede
desterrar a nadie”. El gobierno no se contenta además con restringir,
sino que suspende en su totalidad tales derechos para “la ejecución de
acciones inmediatas” de un carácter encima militar. Imagínese lo que
puede hacerse con todo esto frente a indígenas bajo la presión de las
empresas extractoras.
Alberto Pizango, presidente de la AIDESEP, ha descalificado la medida
como “una clara provocación y una alta agresión por parte de las
empresas transnacionales que obedece el Gobierno peruano”. No es un
juicio de intenciones. El decreto de excepción es transparente. Todo su
preámbulo se dedica a exaltar el interés público de las empresas
extractivas que están topando con una fuerte resistencia indígena en
nombre, en cambio, de los derechos. Así de claro se plantea el conflicto
por parte del propio gobierno: intereses contra derechos . (x) Miembro
del Foro Permanente de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para
las Cuestiones Indígenas. Editada por la Agencia Latinoamericana de
Información (ALAI), de México.
Más información sobre la lista de distribución Reconquista-Popular