[R-P] (PSI).- LA CORTE AVALÓ EL PODER DEL MINISTERIO DE TRABAJO PARA MULTAR A LAS EMPRESAS
José María Cavalleri
ingcavalleri en yahoo.com.ar
Jue Feb 26 05:35:49 MST 2009
. BUENOS AIRES, 26(PSI).- LA CORTE AVALÓ EL PODER DEL MINISTERIO DE TRABAJO PARA MULTAR A LAS EMPRESAS. En dos fallos distintos, el máximo tribunal ratificó las facultades de la cartera laboral para sancionar los incumplimientos a las normas laborales y de controlar la actividad de las empresas de transporte.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había dejado sin efecto la multa impuesta a Aerolíneas Argentinas SA basándose en que la facultad del director de Inspección Federal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (leyes 18.695 y 25.212), de sancionar a los empleadores por incumplimiento de las leyes y reglamentaciones laborales, no comprendía los casos en que la norma que dicha autoridad consideraba infringida daba lugar a debate jurídico sobre su interpretación.
A juicio de la Corte, la atribución legal conferida a la policía del trabajo abarca la interpretación de lo que las normas disponen descartando lo que puedan invocar los inspeccionados.
La Corte, asimismo, en sustento de la validez de las facultades administrativas puestas en cuestión, sostuvo que la existencia de un régimen legal de policía o inspección laboral, con un alto nivel de eficiencia, es un imperativo del principio protectorio del trabajo y del trabajador reconocido por el art. 14 bis de la Constitución Nacional.
Por otra parte, en una causa iniciada por la empresa Crucero del Norte el Tribunal también revocó una decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, que había declarado inválida una resolución que determinaba la acción coordinada en materia de contralor de los ministerios nacionales de Planificación Federal y Trabajo.- XXX
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