[R-P] Plan de Operaciones (parte 2)
jorge tribo
jorgetribo en yahoo.com.ar
Vie Dic 18 10:48:05 MST 2009
Y en consecuencia de todo lo expuesto, pasando ya a la exposición de los artículos que contiene la comisión de mi cargo, por el orden y según instruye su contenido, dice:
Artículo 1°- En cuanto a la conducta gubernativa más conveniente a las opiniones públicas, y conducente a las operaciones de la dignidad de este Gobierno, debe ser las que instruyen las siguientes reflexiones:
1ª Sentado el principio que en toda revolución hay tres clases de individuos: la primera, los adictos al sistema que se defienden; la segunda, los enemigos declarados y conocidos; la tercera, los silenciosos espectadores, que manteniendo una neutralidad, son realmente los verdaderos egoístas; bajo esta suposición, la conducta del Gobierno en todas las relaciones exteriores e interiores, con los puertos extranjeros y sus agentes o enviados públicos y secretos, y de las estratagemas, proposiciones, sacrificios, regalos, intrigas, franquicias y demás medios que sean menester poner en práctica, debe ser silenciosa y reservada, con el público, sin que nuestros enemigos, ni aun la parte sana del pueblo, lleguen a comprender nada de sus enemigos exteriores e interiores podrían rebatirnos las más veces nuestras diligencias; lo segundo, porque además de comprometer a muchos de aquellos instrumentos de quienes fuese preciso valernos ocasionándoles
su ruina, también perderíamos la protección de tales resortes para en lo sucesivo, y lo que es más, la opinión pública; y lo tercero, porque mostrando sólo los buenos efectos de los resultados de nuestras especulaciones y tramas, sin que los pueblos penetren los medios ni resortes de que nos hemos valido, atribuyendo éstos sus buenos efectos a nuestras sabias disposiciones, afianzaremos más el concepto público, y su adhesión a la causa, haciendo que tributen cada día mayor respeto y holocausto a sus representantes; y así obviaremos quizá las diferentes mutaciones a que está expuesto el Gobierno.
2ª A todos los verdaderos patriotas, cuya conducta sea satisfactoria, y tengan dado de ella pruebas relevantes, si en algo delinquiesen, que no sea concerniente al sistema, débese siempre tener con éstos una consideración, extremada bondad: en una palabra, en tiempo de revolución, ningún otro debe castigarse, sino el de incidencia y rebelión contra los sagrados derechos de la causa que se establece; y todo lo demás debe disimularse.
3ª En todos los empleos medios, después que se hallen ocupados por éstos, la carrera de sus ascensos debe ser muy lenta, porque conceptuando que el establecimiento radicado de nuestro sistema, es obra de algunos años, todos aspirarían a generales y magistrados; y para obviar esto deben establecerse premios, como escudos, columnas, pirámides, etc., para premiar las acciones de los guerreros, y adormecer con estos engaños a aquellos descontentos que nunca faltan, y exigen por su avaricia más de lo que merecen. ¿ Pues en qué se perjudica a la Patria que un ciudadano lleve el brazo lleno de escudos, ni que su nombre esté escrito en un paraje público, cuando de ello no resulta gravamen al erario? Y así con éstos debe ser la conducta según y como llevo referido.
4ª Con los segundos debe observar el Gobierno una conducta muy distinta, y es la más cruel y sanguinaria; la menor especie debe ser castigada, y aun en los juicios extraordinarios y asuntos particulares debe siempre preferirse el patriota, porque, siendo una verdad el ser amante a su patria, es digno a que se le anteponga, y se forme de él no sólo el mejor concepto, sino que también se le proporcione la mejor comodidad y ventajas: es lo primero; y lo segundo, porque aprisionando más su voluntad, se gana un partidario y orador que forma con su adhesión una parte sólida de su cimiento.
5ª Igualmente con los segundos, a la menor semiprueba de hechos, palabras, etc., contra la causa, debe castigarse con pena capital, principalmente cuando concurran las circunstancias de recaer en sujetos de talento, riqueza, carácter, y de alguna opinión; pero cuando recaiga en quienes no concurran éstas, puede tenerse alguna consideración moderando el castigo; pero nunca haciendo de éstos la más mínima confianza, aun cuando diesen las pruebas más relevantes y aun cuando se desprendiesen de la mitad de sus intereses, hasta tanto no consolidar nuestro sistema sobre bases fijas y estables; que entonces sí, a los que se hubiesen distinguido con servicios particulares se les debe atender, y, formando de ellos el concepto a que son acreedores, participarles el premio.
6ª En los mismos términos, como la conducta de estos segundos y su adhesión contraria a nuestra causa es radicalmente conocida, sin embargo, el Gobierno debe, tanto en la Capital como en todos los pueblos, a proporción de su extensión, conservar unos espías no de los de primer ni segundo orden, en talentos y circunstancias, pero de una adhesión conocida a la causa, a quienes indistintamente se les instruya bajo de secreto, comisionándolos para que introduciéndose con aquellas personas de más sospecha, entablando comunicaciones, y manifestándose siempre de un modo contrario de pensar a la causa que se defiende, traten de descubrir por este medio los pensamientos de nuestros enemigos y cualesquiera tramas que se pudieran intentar; y a éstos débese agraciarlos con un corto sueldo mensual, instruyéndolos como he referido, bajo de ciertas restricciones que se les debe imponer; éstos no han de obtener ningún empleo o cargo alguno, ni aun el
de soldado, pues este solo carácter sería suficiente para frustrar los intentos de este fin.
7ª Consiguientemente cuantos caigan en poder de la Patria de estos segundos exteriores e interiores, como gobernadores, capitanes generales, mariscales de campo, coroneles, brigadieres, y cualesquiera otros de los sujetos que obtienen los primeros empleos de los pueblos que aún no nos han obedecido, y cualesquiera otra clase de personas de talento, riqueza, opinión y concepto, principalmente las que tienen un conocimiento completo del país, situaciones, caracteres de sus habitantes, noticias exactas de los principios de la revolución y demás circunstancias de esta América, debe decapitárselos lo primero, porque son unos antemurales que rompemos de los principales que se opondrían a nuestro sistema por todas caminos; lo segundo, porque el ejemplo de estos castigos es una valla para nuestra defensa, y además nos atraemos el concepto público; y lo tercero, porque la Patria es digna de que se le sacrifique estas víctimas como triunfo de la
mayor consideración e importancia para su libertad, no sólo por lo mucho que pueden influir en alguna parte de los pueblos, sino que dejándolos escapar podría la uniformidad de informes perjudicarnos mucho en las miras de las relaciones que debemos entablar.
8ª Ultimamente la más mera sospecha denunciada por un patriota contra cualquier individuo de los que presentan un carácter enemigo, debe ser oída y aun debe dársele alguna satisfacción, suponiendo que sea totalmente infundada, por sólo un celo patriótico mal entendido, ya desterrándolo por algún tiempo, más o menos lejos del pueblo donde resida, o apropiándole otra pena, según la entidad del caso, por un sinnúmero de razones que omito, pero una de ellas es para que el denunciante no enerve el celo de su comisión, vea que se tiene confianza, y se forma concepto de su persona.
9ª En cuanto a los terceros individuos, también será de la obligación del Gobierno hacer celar su conducta, y los que se conozcan de talento y más circunstancias, llamarlos, ofrecerles, proponerles y franquearles la protección que tenga a bien el Gobierno dispensarles, a proporción de empleos, negocios y demás, sin dejar de atender a la clase de bienes que gozan y la cantidad de sus caudales y trabas que los liguen, sin hacer nunca una manifiesta confianza hasta penetrar sus intenciones y su adhesión, practicándose esto por aquellos medios que son más propios y conducentes.
10ª Asimismo la doctrina del Gobierno debe ser con relación a los papeles públicos muy halagüeña, lisonjera y atractiva, reservando en la parte posible, todos aquellos pasos adversos y desastrados, porque aun cuando alguna parte los sepa y comprenda, a lo menos la mayor no los conozca y los ignore, pintando siempre éstos con aquel colorido y disimulo más aparente; y para coadyuvar a este fin debe disponerse que la semana que haya de darse al público alguna noticia adversa, además de las circunstancias dichas, ordenar que el número de Gacetas que hayan de imprimirse, sea muy escaso, de lo que resulta que siendo su número muy corto, podrán extenderse menos, tanto en lo interior de nuestras provincias, como fuera de ellas, no debiéndose dar cuidado alguno al Gobierno que nuestros enemigos repitan y contradigan en sus periódicos lo contrario, cuando ya tenemos prevenido un juicio con apariencias más favorables; además, cuando también la
situación topográfica de nuestro continente nos asegura que la introducción de papeles perjudiciales debe ser muy difícil, en atención a que por todos caminos, con las disposiciones del Gobierno debe privarse su introducción.
11ª Los bandos y mandatos públicos deben ser muy sanguinarios y sus castigos al que infringiere sus deliberaciones muy ejecutivos, cuando sean sobre asuntos en que se comprometan los adelantamientos de la Patria, para ejemplo de los demás.
12ª Luego que algunos pueblos, tanto del Perú, como de la Banda Oriental hayan sucumbido, se deben ocupar aquellos primeros empleos por sujetos que, considerando en ellos alguna reputación y talento, podría servir de mucha extorsión su asistencia en esta Capital; y por lo tanto debe separárselos con esta política, a fin de obviar algunas convulsiones populares y mutaciones de gobierno, a que está expuesta la Patria, por el partido de la ambición.
13ª También deben darse los grandes empleos, como generales, etc., a sujetos en quienes puedan concurrir las mismas circunstancias explicadas ya en la reflexión antecedente.
14ª Asimismo, cuando los sujetos que empleados en los primeros cargos, como gobernadores de los pueblos, jefes de divisiones, o generales, llegasen a obtener una grande opinión y concepto, máxime los que gobiernan fuerzas, debe precisarse con disimulo mandarlos de unos a otros o con cualquier otro pretexto, llamándolos a la Capital, separarlos de sus encargos por algún tiempo, haciendo variar sus comisiones después, a fin de que como son los que manejan las fuerzas, ayudados de la opinión y concepto, no puedan cometer atentados que comprometan la felicidad pública, de lo que causarían disensiones intestinas y guerras civiles; lo mismo debe ejecutarse cuando la opinión y concepto de los primeros empleados en todo ramo claudique en los pareceres públicos, aunque sea sin causa verdadera, dándoles luego el Gobierno una satisfacción secreta de las causas que han dado margen a retirarlos de sus empleos; y, sin perjudicar su mérito, emplearlos
en oportunidad con variación de destino.
15ª Siendo los magistrados, justicia, tribunales y demás autoridades, el antemural y sostén de los respetos públicos, donde algunas veces, cuando son ocupados por hombres corrompidos, y llenos de vicios, se acogen los tumultuosos, prevaliéndose de la protección y respecto para alguna trama, o deliberaciones; se debe precaver que dichos tribunales, justicias, magistrados y demás empleos sean ocupados por personas de nuestra entera satisfacción, quienes instruidos de nuestras ideas en la parte que les toque, nos sean adictos para estorbar el apoyo de los ambiciosos y perturbadores del orden público, y además prever cualquiera atentación contra las autoridades del Gobierno, que resulte en perjuicio de la causa, observándose siempre la política que debe guardarse con respecto a la reclamación pública, por opinión y concepto; adoptándose, cuandono haya otro, el medio del mal el menos.
16ª A todos los oficiales y militares (no siendo de aquellos muy conocidos que tengan acreditado ya su patriotismo), no debe despreciárselos y acomodándolos despacharlos fuera de la Capital, a las campañas del Perú, o la Banda Oriental.
17ª En los mismos términos, débese sin recelo dar empleos a todos los extranjeros, según el mérito o talento de cada uno, pues es creíble que éstos si no por patriotismo, a lo menos por el interés que les resulte, serán fidedignos en la confianza que de ellos se haga.
18ª Por consiguiente, el Gobierno debe tratar, y hacer publicar con la mayor brevedad posible, el reglamento de igualdad y libertad entre las distintas castas que tiene el Estado, en aquellos términos que las circunstancias exigen, a fin de, con este paso político, excitar más los ánimos; pues a la verdad siendo por un principio innegable que todos los hombres descendientes de una familia están adornados de unas mismas cualidades, es contra todo principio o derecho de gentes querer hacer una distinción por la variedad de colores, cuando son unos efectos puramente adquiridos por la influencia de los climas; este reglamento y demás medidas son muy del caso en las actualidades presentes.
19ª En la misma forma debe tratarse sobre el reglamento de la prohibición de la introducción de la esclavatura, como asimismo de su libertad, con las circunstancias que tenga a bien establecerla, pero siempre protegiendo a cuantos se acojan a nuestras banderas, declarándolos libres, a los unos, si sus amos fueren del partido contrario, y a los otros, rescatándolos con un tanto mensual de los sueldos que adquieran en la milicia, para de esta forma no descontentar a sus amos, pues es evidente que tocando al hombre en sus intereses claudica no sólo el patriotismo sino la buena fe y demás circunstancias que lo adornan; lo que me franquea decir que si los fondos del erario fueran suficientes para los gastos del Estado, hasta radicar su establecimiento, yo respondería con mi cabeza de la seguridad de nuestra libertad, en la mitad del tiempo que de otra manera necesitaremos.
20ª Ultimamente, el misterio de Fernando es una circunstancia de las más importantes para llevarla siempre por delante, tanto en la boca como en los papeles públicos y decretos, pues es un ayudante a nuestra causa el más soberbio; porque aun cuando nuestras obras y conducta desmientan esta apariencia en muchas provincias, nos es muy del caso para con las extranjeras, así para contenerlas ayudados de muchas relaciones y exposiciones políticas, como igualmente para con la misma España, por algún tiempo, proporcionándonos, con la demora de los auxilios que debe prestar, si resistiese, el que vamos consolidando nuestro sistema, y consiguientemente nos da un margen absoluto para fundar ciertas gestiones y argumentos, así con las cortes extranjeras, como con la España, que podremos hacerles dudar cuál de ambos partidos sea el verdadero realista; estas circunstancias no admiten aquí otra explicación, por ser muy extensa, y fuera del orden a que
se propone este plan, cuyas máximas daré por separado en otras instrucciones, luego que concluya la obra que trata de éstas y otras, titulada: Intereses generales de la Patria y del Estado Americano; además, que aun para atraernos las voluntades de los pueblos, tampoco no sería oportuno una declaración contraria y tan fuera de tiempo, hasta que radicalmente no sentemos nuestros principios sobre bases fijas y estables y veamos los sucesos de la España la suerte que corren.
Art. 2° - En cuanto al medio más adecuado y propio a la sublevación de la Banda Oriental del Río de la Plata, rendición de la plaza de Montevideo y demás operaciones a este fin, son las siguientes:
1ª En cuanto a los principios de esta empresa, son muy vastos y dilatados, no los principios ni los medios, sino los fines de sus operaciones, porque, a la verdad, es la plaza de Montevideo el único baluarte que considero se opondrá en gran parte a nuestros designios, mediante a que no se logró ya el golpe premeditado, conforme se proyectó el día 12 de agosto del presente año, bajo la dirección del comandante de infantería ligera de aquella plaza, don Prudencio Murgiondo, y máxime cuando no tenemos una marina capaz y superior a la que tiene la plaza de Montevideo, que entonces bloqueándola por mar y estrechándola por tierra con una fuerza suficiente, evidentemente aseguro que no necesitaríamos, en caso semejante, más planes y combinaciones para su rendición; pero, como la suerte no cuadra completa, es preciso no abandonándonos, premeditar los medios más conducentes.
2ª En esta inteligencia, sentado por principio innegable que una grande obra nunca se comenzó por sus extremidades, y que cuanto más sólido es su cimiento, más perfecta es su conclusión: en esta virtud, no es el golpe el que debe dirigirse primero a la plaza de Montevideo, es realmente a los pueblos de su campaña, y en esta suposición, es más fácil disuadir y persuadir a diez que a ciento, y batir a veinte mil individuos detallados que a diez mil en masa; en consecuencia de estas exposiciones, habiéndose comunicado ya a los Comandantes militares y Alcaldes de los pueblos de la Banda Oriental el anuncio de la instalación de la junta Gubernativa, a nombre del señor don Fernando VII, en esta Capital, es preciso que se capte la voluntad de aquéllos y de los eclesiásticos de todos los pueblos, ofreciéndoles la beneficencia, favor y protección, encargándoles comisiones y honrándolos con confianza y aun con algunos meros atractivos de
interés, para que, como padres de aquellos pequeños establecimientos, donde se han dado a estimar, hecho obedecer y obtenido opinión, sean los resortes principales e instrumentos de que nos valgamos, para que la instrucción de nuestra doctrina sea proclamada por ellos, tenga la atención y el justo fruto que se solicita.
3ª Además, debe pedirse a los alcaldes, comandantes y curas de los pueblos, unas listas de los sujetos más capaces y de más probidad, talento y respeto, con las demás circunstancias de sus caudales y clases de ellos, que sean capaces de poderlos ocupar en asuntos del servicio, y en la misma forma a éstos se les debe agasajar y atraer, despachándoles títulos de oficiales, y proveyendo en ellos algunos cargos de los que se supriman a aquellos que no sean de la opinión de los pueblos, pidiéndose al mismo tiempo a dichas justicias una relación de todos los europeos, y sus circunstancias, los que obtienen encargos o no, y los que son o dejan de ser del concepto y opinión pública.
4ª Luego, inmediatamente, debe determinarse que los alcaldes, partidarios y demás jueces de la campaña publiquen por bando, con toda forma la más solemne, que se les remitirá de este Gobierno, la disposición de que todos los desertores, de cualquier regimiento, tiempo y cualesquiera circunstancias que hayan precedido al tiempo de su deserción, presentándose dentro de un término fijado, serán indultados y perdonados, abonándoles su tiempo y borrándoles de sus filiaciones toda nota, si quisieren continuar en el servicio; y para el efecto serán despachados a esta Capital, con una papeleta, por el juez del partido donde se hubieren presentado, costeándoles su viaje de los fondos de arbitrios de los mismos pueblos.
5ª En la misma forma, como he referido, debe irse haciendo publicar las demás providencias con alguna lentitud, sin mostrar de golpe el veneno a los pueblos envejecidos en sus costumbres antiguas; y así, luego deben de hacerse fijar edictos en todos los pueblos y su campaña, para que cualquiera delincuente de cualquiera clase y condición que haya sido su delito, y que hubieren causas abiertas en los respectivos tribunales, presentándose y empleándose en servicio del Rey, quedarán exentos de culpa, pena y nota, entregándoseles las mismas causas para que no quede indicio alguno, bajo el concepto de que a cada uno se le empleará conforme a sus talentos y circunstancias; y en este caso, se previene a los alcaldes y demás jueces remitan una información del concepto que entre la gente vaga y ociosa tiene cada individuo de éstos, igualmente de su valor, influencia que tienen, talento y conocimientos campestres, para distinguirlos en los puestos
de oficiales y otros cargos; que a éstos y otros muchos de quienes es preciso valernos, luego que el Estado se consolide se apartan como miembros corrompidos que han merecido la aceptación por la necesidad.
6ª Al mismo tiempo de darse estos pases, deben mandarse algunos agentes a cada pueblo, de conocimiento y con las instrucciones necesarias que sean del caso, sin que propaguen de golpe las especies de su misión, mandándolos recomendados a las casas más principales, y de los jueces, tanto para observar la conducta de éstos, como para sembrar la benevolencia y buenas disposiciones del nuevo gobierno, lo justo de él, su actividad en los negocios, los fines santos de conservar a nuestro Soberano el preciso destino de la América del Sud, la felicidad que nos promete, la igualdad y demás beneficios de un gobierno sabio y benéfico; pero al mismo tiempo pintándoles la lucha de nuestra España, el gran poder de Napoleón, las pocas disposiciones y recursos y la ninguna esperanza que le quedan a la infeliz España, de cuyos resultados será indispensable su total exterminio; y que los debates de algunos pueblos de lo interior con la Capital, son sólo
procedidos de la avaricia y ambición al mando, queriendo negarle un derecho tan antiguo y de preferencia; suponiendo al mismo tiempo que se dirigían las miras de aquellos antiguos gobernantes hacia la entrega a Napoleón, y esto siempre con Fernando en la boca, que igualmente el haber quitado algunos jefes y castigándolos, es porque habiéndoseles encontrado contestaciones con la Francia, trataban de intrigar y adherir hacia las miras inicuas de Napoleón: y que relativo a estas consecuencias, se había descubierto que las tropas que se habían desarmado en el año de 809, fue ya con designio de apocar las fuerzas y extenuar el Estado, con relación a las miras de entrega, cuyas tropas trataba el nuevo gobierno de volver a armar bajo de mejor pie y disciplina; éstas y otras disposiciones políticas daré por separado en la obra anunciada, pues éste sólo es un bosquejo de lo que debe observarse, y a estos agentes debe señalárseles un sueldo
competente para la subsistencia, con la esperanza de atender sus servicios oportunamente.
7ª Puesta la campaña en este estado, y surtiendo el efecto que se promete por el régimen de estas operaciones, llenándola de papeles públicos, seductivos y lisonjeros, que deben remitirse todas las semanas, y captados los ánimos de sus habitantes, sería muy del caso atraerse a dos sujetos por cualquier interés y promesas, así por sus conocimientos, que nos consta son muy extensos en la campaña, como por sus talentos, opinión, concepto y respeto, como son los del capitán de dragones don José Rondeau y los del capitán de blandengues don José Artigas; quienes, puesta la campaña en este tono, y concediéndoseles facultades amplias, concesiones, gracias y prerrogativas, harán en poco tiempo progresos tan rápidos, que antes de seis meses podría tratarse de formalizar el sitio de la plaza, pues al presente, para emprender estas ideas, no deben hacerse con una fuerza armada, por lo que puede argüir la maldad de algunos genios, cuando esta
empresa no ofrece ningún riesgo y nos consta muy bien que las fuerzas de Montevideo no pasan de ochocientos hombres, y que todavía allí no se han tomado providencias para armar a sus habitantes, y que su gobernador es tan inepto, que ni aun es para gobernarse a sí mismo, y que dicha guarnición no es ni suficiente para guardar la plaza de los atentados que nuestro partido pudiera emprender, por los recelos que deben causarle nuestras observaciones.
8ª Además, teniendo, como he dicho, espías en los pueblos, comunicando éstos todas las noticias particulares y verdaderas que ocurran de cualquiera clase que sean, debe también tener el Gobierno en esta Capital seis u ocho sujetos que se empleen en escribir cartas anónimas, ya fingiendo o suplantando nombres y firmas supuestas, tanto para la plaza de Montevideo, como para la campaña, en que su contenido, v. gr., sea el siguiente:
Debe suponerse, en su sentido, que se ha recibido cartas de alguien, a quien se contesta; en ellas se ha de expresar el acuse de recibo de aquellas noticias que se han tenido verdaderas, por los agentes, para dar un color sublime a la apariencia, suponiendo igualmente diversidad de impostura, ya de que queda orientado, de que le comunicará todas las operaciones públicas y secretas, o ya de que conoce su patriotismo acerca de la causa de la Patria, de cuyo queda satisfecha el Gobierno, o ya de ofertas que se suponga haya hecho, y otras cartas sean mandadas por diferentes conductos, cuando se proporcione, con encargo reservado de manifestarlas y hacerlas interceptar por los gobernadores, satélites y demás justicias de Montevideo, ya porque por el tribunal de vigilancia o por el gobierno, han de ser abiertas, las cuales con apariencias de unas demostraciones tan convincentes, por muchas razones que expongan aquellos sujetos a quienes se dirigen
dichas cartas, y aunque juren no conocer semejantes firmas, y protesten que son imposturas, últimamente, por muchos alegatos que expongan, nunca podrá dejar el gobierno de parar su atención, y mirarlos como sospechosos, cuando aparezcan a la vista comprobados unos datos tan positivos con cosas verídicas, como, v. gr., el acuse de noticias y disposiciones que el gobierno y las justicias han tomado de antemano, real y verdaderamente, siendo conforme lo pintan las cartas; de aquí resulta además que por mucho que se le oculte al pueblo, no puede dejar éste de trascender algo, y por cuya combinación indisponemos de esta forma los ánimos del populacho con los de aquellos sujetos de más carácter y caudales, a quienes se haya enviado algunas de aquellas cartas, que podrían servir y ayudarles en su empresa y con sus talentos o bienes, los que viéndose vilipendiados y calumniados, no harán una mitad de lo que podrían hacer en favor de aquélla, y,
tal vez, algunos, enconados sus espíritus, abandonando o trayéndose consigo la parte de sus bienes que puedan salvar, en las ocasiones que haya proporción, tomen el partido de salirse afuera de la plaza, y venirse a nuestros territorios; de lo que resulta infinidad de adelantamientos con esta propagación de imposturas, y que cuantos más hombres de caudales y adictos tengamos, más recursos se nos presentan, y a nuestros enemigos muchos menos.
Para estos ardides nos franquea un margen absoluto la diversidad de opiniones y divisiones en que están las familias, pues unas son de un bando, otras de otro; y, por lo tanto, se deben escribir las cartas de padres a hijos, de tíos a sobrinos, de mujeres a maridos, etc., y además por este orden, con cuya idea no puede dudarse, logremos dividir los ánimos e indisponerlos de tal manera que quizá causemos disensiones y convulsiones populares, de que podemos sacar mucho fruto, sembrando entre ellos mismos la semilla de la discordia y desconfianza.
9ª Las cosas, en el estado que la antecedente reflexión menciona, presentan ya ocasiones que no deben desperdiciarse, mandando inmediatamente a los pueblos del Uruguay y demás principales de la campaña, una fuerza de quinientos a seiscientos hombres con oficiales, sargentos, cabos y demás, para que sirviendo de apoyo se vayan organizando en los mismos pueblos algunos escuadrones de caballería y cuerpos de infantería, teniéndose presente el haberse atraído ya a nuestro partido honrándolos con los primeros cargos, a un Barde, negro, a un Baltasar Bargas, o a los hermanos y primos de Artigas, a un Benavídez, a un Vázquez, de San José, y a un Baltasar Ojeda, etc., sujetos que, por lo conocido de sus vicios, son capaces para todo, que es lo que conviene en las circunstancias, por los talentos y opiniones populares que han adquirido por sus hechos temerarios: y después de éstos aquellos de quienes se tenga informe por los jueces, y lo que
éstos mismos propongan, para que yéndose formando algunos cuerpos de tropas e instruyéndose en el arte militar, mandándoles de aquí todo lo que fuera menester, se alisten y comiencen a hacer algunas correrías, y a hacerse obedecer a la fuerza, y no a las consideraciones.
10ª Ya alarmados los pueblos y unidas las fuerzas en masa, mandando de aquí los jefes y una mitad de oficiales, a lo menos, de los más instruidos, que se hallan agregados en los tercios de esta Capital, uniformándolos y pagándoles sus sueldos corrientes, se podrá comenzar a invadir y adelantar terreno hacia la plaza de Montevideo, para ir alarmando, y protegiendo el sistema de aquellos pueblos inmediatos que están bajo la garantía de aquélla, proveyéndoles al mismo tiempo de trenes, tiendas de campaña y demás necesario.
11ª Ya en este caso, ningunos podrán ser más útiles para los adelantamientos de esta empresa, que don José Rondeau, por sus conocimientos militares adquiridos en Europa, como por las demás circunstancias expresadas, y éste para general en jefe de toda la infantería; y para la caballería, don José Artigas, por las mismas circunstancias que obtiene con relación a la campaña; y verificándose estas ideas, luego inmediatamente debe de mandarse de esta Capital el número de tres a cuatro mil hombres de tropa arreglada, con la correspondiente plana mayor de oficiales para el ejército, de conocimientos, talentos y adhesión a la Patria, con el plan de combinaciones y operaciones militares que deben observar, con las amplias facultades de obrar en todo lo demás según les pareciere más adecuado a sus conocimientos y circunstancias.
Nota. -Queda de mi cargo presentar un plan de las instrucciones militares que deben regir las operaciones de la campaña que se haga para la rendición de Montevideo, con todas las circunstancias más posibles para asegurar toda su campaña a nuestro favor en poco tiempo.
12ª Los hacendados que por seguir el partido contrario abandonasen sus casas, criados y haciendas, se les llamará por edictos públicos, y si a los terceros no compareciesen, se considerarán sus haciendas, ganados, caballadas y demás que sean de su pertenencia, como bienes legítimos de la patria y servirán para la manutención del ejército en la dicha campaña.
13ª Además, con las proclamas seductivas, halagüeñas y lisonjeras con las frases de Libertad, Igualdad y Felicidad, se les estimulará a que concurran los vecinos de la Banda Oriental con aquellos auxilios de carros, carretas, caballadas, boyadas y otros que sean menester para el tránsito y conducción de las divisiones del ejército en sus marchas, entusiasmándolos con papeles y certificados de buenos servidores, que se les dará por los jefes de destacamentos y demás oficiales a quienes auxiliasen, a nombre del Gobierno Superior, mandándose de aquí en medios pliegos de papel, documentos impresos, dejándose los correspondientes blancos para llenarlos con las correspondientes circunstancias que sean del caso, y si se denegasen a prestar aquellos auxilios correspondientes, se les hará comprender que se les tendrá por malos servidores y sospechosos a la causa que se defiende.
14ª Luego, en el acto de rendirse la plaza de Montevideo, todo buque grande y pequeño, y cualquier flotante de cualquier clase y condición que sea, no siendo inglés, portugués, americano, o de otra cualquier nación de las amigas o neutrales, o de individuos que tengan dadas pruebas de adhesión a la causa, por hechos u otras circunstancias, aun cuando existan dentro de la plaza de Montevideo, todos los demás serán confiscados a beneficio del Estado, comprendiéndose asimismo todo buque español que se halle en la bahía de dicho puerto, con sus cargamentos y resultados, aun cuando sean sus dueños individuos que justifiquen no haber intervenido en favor ni en contra, mediante a que son los principales enemigos contra quienes hacemos la guerra, en defensa de nuestra libertad.
l5ª Todas las fincas, bienes raíces y demás de cualquiera clase, de los que han seguido la causa contraria, serán secuestrados a favor del erario público; igualmente los bienes de los españoles en quienes concurran las circunstancias expresadas en la reflexión antecedente.
16ª Igualmente deben ser secuestrados todos los bienes de todos los individuos de cualquiera clase y condición que sean, que se hayan hallado dentro de la plaza de Montevideo, al tiempo de su asalto o evacuación, exceptuando los de aquellos que dejo explicados ya en la reflexión número 14; y en la misma forma será exceptuada la parte de bienes que toque a los hijos o herederos forzosos de los individuos que se hayan encontrado dentro de la plaza y que les quepa la fuerza de la ley, si aquéllos han seguido nuestra causa, en servicio o no, habiéndose hallado fuera de la plaza, dándoles y poniéndolos en posesión de la parte que les toque, se confiscará la parte paterna o materna, y si madre o padre se hubiesen hallado también fuera de la plaza, sólo se confiscará la parte que pertenezca a aquella persona que teniendo derecho forzoso, se hubiese hallado dentro de la plaza, y consiguientemente se deja entender que no podrán ser decomisados
ningunos bienes que estando dentro de la plaza pertenezcan a alguien que no exista en ella, y los que hubiesen sido vendidos o embargados por el gobierno de Montevideo, será nula y de ningún valor su venta, y serán devueltos a sus legítimos dueños, sufriendo este quebranto el que hubiese comprado.
17ª Serán desterrados todos los españoles y patricios y demás individuos que no hayan dado alguna prueba de adhesión a la causa con antelación, y los extranjeros, si estando avecindados no justificasen haberse mantenido neutrales, y serán conducidos a los destierros de Malvinas, Patagones, y demás destinos que se paliasen por conveniente.
18ª Todos los que después de sufrir la pena de secuestro en la parte que le toque no quisiesen sufrir la de destierro, que será de quince años, y fuesen aptos para servir a la Patria en los ejércitos, se les alistará, si voluntariamente quisieren, teniéndose esta consideración con aquellos en quienes hayan concurrido algunas circunstancias de atención, que con aquellos, en quienes no concurran ningunos miramientos ni hayan concurrido, se les alistará en los ejércitos, detallándolos en diferentes regimientos, y será por el término de quince años el tiempo de su empeño.
Los que no queriendo alistarse voluntariamente de los ya referidos, siendo aptos, sin achaques, ni imposibilidad alguna por edad ni otras circunstancias, serán destinados a los trabajos públicos; y los que por imposibilidad, achaques o edad no fuesen aptos, éstos serán conducidos a los referidos destierros para que cumplan únicamente su tiempo, sin agobiarles con prisiones ni trabajo alguno y manteniéndolos con la ración competente y demás necesario a las circunstancias que han concurrido en sus personas, por cuenta de los fondos públicos.
19ª Consiguientemente, con los gobernadores, jefes de la plaza, plana mayor y demás magistrados y sujetos en quienes concurran las circunstancias expresadas en la reflexión 7°, artículo 1ª, mediante a las causas que dicha reflexión instruye, se procederá con arreglo a ella en todas sus partes.
20ª Después de tomar este orden los acontecimientos, se pasará a tratar sobre las órdenes que sean concernientes para aunar y tripular los buques que fueren aptos para respeto, defensa y demás operaciones que fueren necesarias, no tripulándolos con marina española, para precaver cualquier accidente; e igualmente se procederá por comisiones, que se nombrarán por el Superior Gobierno, a la realización de los remates de bienes, fincas, raíces, despachándose para el efecto noticias a lo interior de los pueblos, de sus cantidades o especies, para los que quisieren entrar a los remates, por pequeñas o grandes partes, exceptuándose esta cláusula con los bienes que no sean movibles.
En la obra anunciada daré más pormenores, otras máximas de las que pueden ser conducentes a este artículo.
Art. 3° - En cuanto al método de las relaciones que las Provincias Unidas deben entablar secretamente en la España para el régimen de nuestra inteligencia y gobierno, es el siguiente:
lª Deben de recogerse por la Excelentísima Junta, tanto del Cabildo de esta Capital, como de todos los de la Banda Oriental y demás interiores del Virreinato, actas o representaciones que los dichos pueblos hagan a la autoridad que actualmente manda en los restos de la España, en cuyas deben expresar las resoluciones y firmeza con que, poniendo todos los medios posibles, se desvelan para conservar los dominios de esta América para el señor don Fernando VII y sus sucesores, a quienes reconocen y reconocerán fiel y verdaderamente en vista de la peligrosa lucha, y que sus intenciones y fines legítimos no son ni serán otros; que cualquier especie o informes dados por algunos jefes, será una impostura que harán por fines privados; que el haberlos suspendido de sus encargos ha sido por demasiado celo de los pueblos, a cuya voz han tenido que sucumbir, considerándolos a éstos como miembros creados por el antiguo gobierno corrompido, llenos de
vicios y traidores, además de otros justos motivos que les han asistido por incidentes y pruebas de infidelidad e intrigas, de cuyos acontecimientos reservan, para su debido tiempo, documentos justificativos y originales; que la América nunca se halló en tanta decadencia como en el presente, por la poca energía y mal gobierno: que el haber desarmado las autoridades de la Capital el año antecedente los cuerpos o tercios que se hallaban sobre las armas de los europeos, bajo de otros pretextos que entonces se fingieron, y retirado la mayor parte de las milicias que igualmente se hallaban en servicio, ha sido descubierta esta trama, que no fue sino con concepto hacia las miras capciosas que la autoridad reservaba, de entregar estos países a Francia, según las correspondencias que se han descubierto con ésta; que desde el gobierno del último virrey se han arruinado y destruido todos los canales de la felicidad pública, por la concesión de la
franquicia del comercio libre con los ingleses, el que ha ocasionado muchos quebrantos y perjuicios; que igualmente disensiones populares en algunos pueblos son únicamente la causa de que dividiéndose las opiniones quieren negar no solamente la obediencia a la Capital, sino aun a los mismos magistrados de sus pueblos, por cuya circunstancia se han tomado las precauciones del envío de algunas tropas a ellos para castigar a los rebeldes que, queriendo formar partidos a la capa de los antiguos magistrados, siembran especies seductoras, para perpetuar en el mando a sus favoritos; también debe hacerse presente cuantos vicios y tachas hayan tenido los antiguos magistrados, exagerándolas en la más debida forma.
2ª En esta inteligencia, todas las representaciones de los cabildos, bajo éstas y otras circunstancias de las cuales se les instruirá, deben ser todas unánimes y conformes en el sentido literal de sus contenidos, con la diferencia de las circunstancias que cada una de ellas tengan que añadir con respecto a la conducta privada de sus gobernantes, sin omitir de instruir igualmente a todos los cabildos de los papeles públicos que Liniers y Cisneros dieron a luz, en los cuales se contenían aquellas proclamas que causaron tantas agitaciones; como de todas las referidas tramas del referido Liniers, cuando la capitulación con los ingleses, de las circunstancias precedidas con el emisario francés que mandó Napoleón, y su correspondencia con éste por medio de don Juan Perichón. En fin, debe ponerse en práctica cuanto sea concerniente a entretener y dividir las opiniones en la misma España y haciendo titubear y aparentar por algún tiempo hasta
que nuestras disposiciones nos vayan poniendo a cubierto.
3ª En los mismos términos, deben todos los cabildos hacer presente la energía y lo justo del nuevo gobierno, el que se esmera en fomentar las artes, agricultura e industria, para cuyo efecto se toman con la mayor actividad las providencias, de cuyas se esperan sean muy felices sus resultados; que igualmente se va creando un número suficiente de tropas bajo la exacta disciplina, a fin de poner a cubierto estos preciosos países de alguna tentativa por el tirano de la Europa, cuyo número de ellas no bajará de veinte a veinticinco mil hombres; que asimismo se trata del fomento de los minerales de oro y plata, cuyos resultados serán pruebas fidedignas, luego que se cubran los gastos que la mutación del gobierno ha causado, mandando los socorros que sean posibles para ayuda de la lucha contra el tirano de la Nación.
4ª Estas y otras clases de exposiciones por diferentes estilos, de los varios acontecimientos y casos que favorezcan nuestras ideas, deben ser pintadas y expuestas con viveza y energía, doradas al mismo tiempo con el sublime don de la elocuencia, acompañadas con algunos datos y documentos positivos, que reunidas con la unión de votos e informes de unas tan vastas provincias, ¿qué carácter no deben imprimir y qué fuerza no deben de hacer un cúmulo de combinaciones con todas las formalidades del derecho?
5ª En la misma forma y dirigidas al mismo fin, en iguales términos, deben acompañar expedientes de cada pueblo, informados por treinta, cincuenta o cien de los sujetos más conocidos y condecorados, ya por sus negocios, riqueza u otras circunstancias, a que ninguno será capaz de negarse, cuando no hay un principio conocido y radical de nuestro fin, cuando además el terror les obligará a estas declaraciones, y reuniéndose todas estas circunstancias en la forma expresada, deben mandarse por una comisión secreta de tres hasta cinco individuos que sean de talento, que atesoren el don de la palabra, y últimamente que sean adornados de todas las cualidades necesarias para que presentados a la autoridad suprema que en la actualidad gobierna, representen con el mayor sigilo los fines de su comisión y documentos que acompañen, y, sorprendiéndola de esta suerte, conseguiremos que nuestros enemigos no antepongan sus influjos y gestiones hasta que a
lo menos hayamos sido oídos, entreteniendo asimismo alguna parte del tiempo con la diversidad de opiniones y conceptos que formarán.
6ª Estas mismas negociaciones deben entablarse con el mismo fin, por diferentes diputaciones, en el gabinete inglés y portugués, para que como aliados de la España y enemigos de la Francia, vean que llevamos por delante el nombre de Fernando y el odio a Napoleón, para que, junto con otras relaciones que debemos entablar en estos gabinetes, no se nos niegue los auxilios que necesitemos sacar de sus estados por nuestro dinero, como armas, municiones, etc., y a lo menos que, suspendiendo el juicio mantengan una neutralidad, cuando además, a unas distancias inmensas poco o nada podrán labrar, ni asegurar los papeles públicos de nuestros enemigos, compareciendo igualmente los nuestros; y viendo que todos aborrecemos a Napoleón y confesamos a Fernando, careciendo precisamente de conocimientos interiores en la materia, resulta que no pueden perjudicarnos sus juicios, respirando todos un mismo lenguaje, y hasta podrán dudar por algún tiempo cuál
sea el partido realista; no diré que estas tramas no puedan descubrirse, pero poco cuidado debe dársele a la Patria, si se le franquea tiempo para ir realizando sus miras, y estorbando que la España pueda remitir algunas tropas en la infancia de nuestro establecimiento.
7ª También será muy del caso que nuestra diputación, con la mayor reserva, seduzca y atraiga de la España, algunos ofíciales extranjeros o nacionales, que sean de talento, o facultades en alguno de los ramos militares, fundidores o que posean algún arte de los que carecemos y nos son muy del caso, ofreciéndoles premios y distinciones e igualmente el viaje hasta esta América.
En la obra anunciada también se comprenderán algunas reflexiones acerca de las relaciones que estos diputados deben entablar en una clase de negociación, ya explicada en este último artículo.
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