[R-P] (PSI).- LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ANULÓ UN FALLO DE LA JUSTICIA SALTEÑA CONTRA INDÍGENAS
José María
ingcavalleri en yahoo.com.ar
Vie Oct 3 06:17:25 MDT 2008
SALTA, 3(PSI).- LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ANULÓ UN FALLO DE LA JUSTICIA SALTEÑA CONTRA INDÍGENAS. Luego de tres años de haber establecido el reclamo ante la Justicia de Salta teniendo como respuestas el rechazo a sus demandas, la comunidad wichí de Pizarro contó con un fallo a favor por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La comunidad pedía que se declare la inconstitucionalidad de todo el proceso de venta de los lotes 32 y 33 de Anta. Fuentes judiciales indicaron que también hubo un fallo favorable a la presentación que en ese sentido realizaron los pobladores criollos de Pizarro que tenían tierras en las tierras vendidas por el gobierno de Juan Carlos Romero. Los demandantes fueron representados por Matías Duarte.
En su fallo, el superior Tribunal argentino sostuvo que la Corte de Salta "ha consagrado una solución incompatible con el objeto de las demandas de amparo, esto es, `la tutela inmediata de los derechos humanos acogidos en la Constitución Nacional`".
En su voto particular, la jueza Carmen Argibay sostuvo que a pesar que los indígenas habían cuestionado un conjunto de actos y normas provinciales por entenderlos contrarios a los derechos y garantías emanados de la Constitución Nacional, el "máximo tribunal provincial ha desentendido tal circunstancia señalando, sin fundamento alguno y mediante clichés, que solo se estaban invocando cuestiones de hecho y de derecho procesal local".
En el recurso la comunidad indígena sostuvo que su supervivencia dependía de los recursos naturales existentes en las tierras vendidas, pero la justicia local desestimó el recurso de amparo porque, según consideró, habían vencido los plazos para impugnar el procedimiento.
Por el contrario, el máximo tribunal consideró que "la cultura de los miembros de las comunidades indígenas corresponde a una forma de vida particular de ser, ver y actuar en el mundo, constituido a partir de su estrecha relación con sus territorios tradicionales y los recursos que allí se encuentran".
Según la Corte de la Nación esos territorios y recursos no solo son los "principales medios de subsistencia" de las comunidades indígenas, sino que además "constituyen un elemento integrante de su cosmovisión, religiosidad y, por ende, de su identidad cultural".
Se sostuvo que "la garantía del derecho a la propiedad comunitaria de los pueblos indígenas debe tomar en cuenta que la tierra está estrechamente relacionada con sus tradiciones y expresiones orales, costumbres y lenguas, artes y rituales, sus conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, sus artes culinarias, el derecho consetudinario, su vestimenta, filosofía y valores".
Aunque ahora la justicia salteña deberá dictar un nuevo fallo según lo dispuesto por la Corte de Justicia de la Nación, fuentes judiciales indicaron que no podría suceder mucho más pues, en Pizarro, durante los años que pasaron, se firmaron distintos convenios para “acordar” la entrega de tierras con las comunidades indígenas y criollas que en 2005 estaban acorraladas por los desmontes y las amenazas de desalojo.- XXX
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