[R-P] (PSI).- EL VACIAMIENTO DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS.
José María Cavalleri
ingcavalleri en yahoo.com.ar
Mar Dic 23 03:18:33 MST 2008
CÓRDOBA, 23(PSI).- EL VACIAMIENTO DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS. Un escándalo como el de Aerolíneas Argentinas no puede quedar en el olvido con una expropiación simbólica, tal como se pretende, sólo porque aquí, a diferencia de otros casos, no hay muertos. Lo que se ha matado es una parte del orden moral de un pueblo (por Carlos Palacio Laje *).
Finalmente, la empresa Aerolíneas Argentina sería expropiada. Se intentaría pagar la suma simbólica de un peso. ¿No sería prudente para el orden moral y ético de los argentinos que también, aunque sea simbólicamente, se inicie y prosiga un proceso penal por los delitos de vaciamiento de empresas?
¿No podría evitarse así otra bofetada al alma de la sociedad argentina? ¿O acaso ya hemos perdido sensibilidad? ¿O acaso hemos perdido tanto la capacidad de asombro frente a estos negociados corruptos, que el lugar que debe ocupar asombro hoy, es el apogeo de la resignación?
Los delitos. Los delitos de vaciamiento de empresa fueron incorporados al Código Penal en el artículo 174, inciso 6, al derogarse la llamada “ley de subversión económica” (que se dictó bajo la presidencia de Martínez de Perón, y que suprimió a instancia del FMI, en una sesión en Senadores en la que luego de un empate de 34 a 34 votos, dirimió el presidente de la Cámara, por entonces Juan Carlos Maqueda, meses más tarde nombrado miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).
Estos nuevos delitos, que rigen desde agosto de 2002, se enmarcan como defraudaciones agravadas (con pena de cárcel de dos a seis años). El bien jurídico que amparan estas figuras es el patrimonio, más específicamente el crédito. Crédito es el derecho de exigir la cosa que el objeto de la obligación (artículo 496 del Código Civil), en tanto sea valorable económicamente, reconocida por el derecho.
Los delitos de vaciamiento de empresas vienen a desbaratar el derecho del acreedor, y aquí radica la antijuridicidad. Lo que la ley penal hace con estas figuras es reforzar el derecho a que se satisfagan las exigencias que nace de la calidad de acreedor, penalizando algunas acciones, conocidas con el nombre de “vaciamiento”.
Mediante el artículo 174, inciso 6 del Código Penal, se introducen como defraudaciones distintas modalidades de acción por las cuales el agente logra un resultado en su empresa, afecta su normal desenvolvimiento o disminuye su activo, sabiendo que tendrá como consecuencia un resultado perjudicial para sus acreedores. El primer tipo (afectar el normal desenvolvimiento) va a implicar actos que incapacitan a la empresa, la harán raquítica, y en la mayoría de los casos la van a llevar a su ruina. El segundo tipo implicará actos que van a insolventar (descapitalizar) a la empresa. Por eso decidimos que en el primer caso el objeto de acción del empresario es la actividad de la empresa, y en el segundo tipo, es el activo.
Quien defrauda por vaciamiento, en cualquiera de sus figuras, quebranta una implícita posición de garante sobre los bienes y la actividad de la empresa fijada en el ámbito extrapenal, que consiste en el deber de la empresa deudora de abstenerse de realizar actos que importen dolosamente la frustración de los derechos de los acreedores, y el de tomar todos los recaudos para no superar el riesgo permitido, propio de los negocios empresariales. De aquí que se afirma que se trata de una infracción a un deber jurídico ya creado fuera del ámbito penal, y que esta norma viene a proteger.
“Afectar el normal desenvolvimiento” de una empresa implica incapacitar; contribuir a su ruina, a su fracaso, a su decadencia y, en definitiva, a su caída. Por su parte, “disminuir el valor de su capital”, es reducir la apreciación económica del activo realizable de la empresa. En ambos casos los acreedores se verán burlados en sus créditos y sus derechos se evaporizarán y resultarán absolutamente estériles.
El caso Aerolíneas Argentinas. Si algún caso paradigmático puede resumir a estas figuras de vaciamiento, parecería serlo el de Aerolíneas Argentinas.
En el año 1990, bajo la presidencia de Carlos Menem, se decidió privatizar Aerolíneas Argentinas, ganando la licitación la empresa española Iberia. Luego fue la empresa American Airlines quien retuvo el paquete accionario, luego pasó a la Sociedad Estatal de Participación Estatal (Sepi) y, en el año 2001, al Grupo Marsans, a través de la empresa Air Comet. En todo este proceso se puede observar una grave omisión de controlar por parte de los entes argentinos y, 18 años después, lo que se exhibe es una empresa desguasada y deficitaria. Raquítica.
Los datos son alarmantes. Al momento de privatizar la aerolínea de bandera, el Gobierno argentino absorbió 868 millones de dólares de deuda, y que de esta forma, la empresa se entregara a los nuevos dueños con pasivo cero. Ahora el Estado tomaría una empresa que tendría una deuda cercana a los 900 millones de dólares.
No puede pasar como un dato menor que al privatizarse Aerolíneas Argentinas, se estipuló que Iberia podía incluir en el pasivo de la empresa argentina, la deuda que la empresa española había adquirido para comprarla. Un escándalo aparte.
Ahora bien, cuando Aerolíneas Argentinas era propiedad del Estado nacional, tenía 28 aviones propios y uno solo alquilado, todos en perfecto funcionamiento. Hoy, 18 años después, tiene sólo un avión propio, y los restantes 30 que componen su flota están en leasing, es decir arrendados para su compra. Al parecer los aviones propiedad de la empresa habrían sido pasados a las empresas que se fueron haciendo cargo de la aerolínea de bandera argentina.
Iberia primero, luego American Airlains, la Sepi y luego Marsans, dejaron sin uso innumerables rutas aéreas de Aerolíneas Argentinas, perdiendo mercados que pasaron a formar parte de las empresas de los principales grupos, con la consiguiente pérdida para Aerolíneas Argentinas, perdiendo su derecho de rutas de toda América, Europa y la vía transpolar que tenía Aerolíneas Argentinas en épocas de bandera nacional. De hecho, luego de privatizarse, Aerolíneas Argentinas le habría entregado a la española Iberia todas sus rutas a países como Holanda, Francia, Alemania, Inglaterra y Suiza, con perjuicios incalculables para la empresa argentina.
Incluso trabajadores han denunciado en distintas oportunidades que, durante todos estos años, había entre Madrid y Buenos Aires cuatro vuelos diarios, siendo los tres primeros propiedad de Iberia y el cuarto de Aerolíneas Argentinas, pero al vender los pasajes, primero se vendían los de Iberia (que además estaban en los mejores horarios) y luego, el resto, era para Aerolíneas Argentinas. Por eso, según dicen, los aviones de Iberia viajan completos, mientras que los de Aerolíneas Argentinas estaban a un 60 ó 75 por ciento.
Según las denuncias, a causa de éstas y otras medidas similares, Aerolíneas Argentinas perdió más de 110 mil pasajeros en el mercado europeo, especialmente luego de que se decidiera restringir los vuelos propios a Madrid y entregar las combinaciones con París, Londres y Francfort, a Iberia.
Por su parte, cálculos oficiales muestran que el patrimonio de la empresa Argentina en 1990, ascendía a 640 millones de dólares. En el patrimonio se computaban lujosas y amplias oficinas en ciudades como Roma, París, Nueva York, Miami, Madrid, Bogotá y Caracas, que fueron pasadas directamente a las empresas que adquirieron Aerolíneas Argentinas.
Escándalo que no puede olvidarse. Sin dudas que estos extremos resultan de difícil investigación. Pero un escándalo como el de Aerolíneas Argentinas no puede quedar en el olvido con una expropiación simbólica, tal como se pretende, sólo porque aquí, a diferencia de otros casos, no hay muertos. Lo que se ha matado es una parte del orden moral de un pueblo.
Bajo nuestra ley penal, existen elementos que imponen al menos una investigación para considerar si la actuación de los responsables de las empresas que han tenido la labor de administrar la aerolínea de bandera nacional se enmarca en algunos de los delitos de vaciamiento de empresa.
Un tremendo delito económico que genera daños varias veces millonarios, que repercute sobre todos los argentinos. Y sobre todo un daño moral a la sociedad incalculable, deben tener una respuesta desde el orden judicial. Aquí se ventila mucho más que un simple negocio u otro caso de corrupción. Ese es el único camino para volver a sensibilizar a la sociedad.
La gente está pendiente. Pero sobre todo el mundo entero está atento para conocer cuál es el límite que pone la Argentina a los saqueos con los que se viene dejando ultrajar. Y esa falta de límites es una clara tarjeta de invitación para que empresarios del mundo entero “sigan participando” de este juego.
(* Abogado penalista, autor del libro “Vaciamientos de empresas”, Editorial Lerner/2002).- X
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