[R-P] Sigilosa ley...
C J Lazor
clazor en ciudad.com.ar
Lun Jun 25 08:04:21 MDT 2007
La sigilosa y terrorífica Ley Antiterrorista
La reciente ley antiterrorista, leída con algún cuidado, causa terror. Ha sido
sancionada en la turbiedad de la polvareda eleccionaria, y con el sigilo propio
de una mayoría legislativa consciente, muy a sabiendas, de los reparos
gravísimos que una opinión pública advertida hubiera opuesto.
Por el Dr. Salvador María Lozada
Como todo documento, una ley no puede ser juzgada sino en el contexto político
social en el que se va a aplicar. En el caso, no puede ocultarse que estas
normas terroristas van a ser aplicadas por una judicatura federal, parcialmente
integrada todavía por los famosos jueces de la "servilleta", y que en su
totalidad ha perdido independencia desde la modificación del Consejo de la
Magistratura en el orden nacional, ya que el Poder Ejecutivo, con su notoria
propensión a influir en la justicia, domina ese cuerpo, el referido consejo
paradójicamente creado para asegurar aquella independencia, y del que dependen
los nombramientos y las destituciones judiciales.
Tampoco se puede omitir que no son normas dictadas desde el interés nacional ni
aportan soluciones a problemas de la Argentina contemporánea. Hace más de diez
años que en no hay un atentado con características terroristas en nuestro país.
Ninguna institución, ningún agrupamiento cívico, social, político o protector de
los derechos fundamentales de las personas, ha reclamado la creación de este
texto ominoso. Se sabe bien que los problemas de la Argentina son otros: la
pobreza desproporcionada, la injusta distribución de la riqueza, la depredación
y el déficit educativo, la perdida del control soberano sobre los recursos
naturales, la inseguridad ciudadana y otros conexos. A ninguno de ellos se
refieren estas normas. En cambio, aparecen en un momento de alarmante
endurecimiento coercitivo, como el que vivieron los maestros y profesores en
Santa Cruz, lo cual crea un clima de significación peculiar para toda nueva
legislación represiva.
Estas prescripciones provienen no de adentro sino de afuera. Un afuera que sería
ingenuo ignorar está ocupado casi enteramente por la potencia hegemónica. En
este sentido, la ley ha sido un "deber", como se decía antes, una "tarea", como
se dice ahora, destinados al aprecio y la satisfacción de esa hegemonía
monitora.
No será la primera vez que el terrorismo sea utilizado como cobertura para otros
intereses y otras finalidades. Esto es bien notorio, en la siempre repetida
mención de la Triple Frontera como una cueva del terrorismo internacional. Tan
cierto como que la policía y los servicios de seguridad de tres países custodian
y controlan ese enclave, es que nunca se ha podido probar nada que ni
remotamente se aproxime al terrorismo. Pero es una aserción retórica,
susceptible de ser repetida mil veces más. Es un rótulo que ha permitido poner
bases militares en el Paraguay y que permite una custodia cercana del Acuífero
Guaraní. Recuérdese que el convenio con el Banco Mundial para "la preservación
ecológica" de dicho sistema, está signado por la Argentina, Brasil, Paraguay y
Uruguay, cuatro naciones cuyos gobernantes han permitido que una quinta también
lo firme, como si fuera uno de los ribereños, los Estados Unidos.
Lo más grave en esta ley, curiosamente, no está en las amenazantes reglas
sancionatorias, que aparejan prisión o reclusión de 10 a 20 años. Hay algunas,
en todo caso, que muestran cuan arbitrariamente se pueden utilizar algunas
descripciones delictuales, como la que dispone esas penas para la acción de
"perturbar los servicios del aeropuerto, si ese acto pone en peligro su
seguridad". Está claro que invita al riesgo de que una encendida protesta
sindical, o una igualmente áspero reclamo de los usuarios de los servicios del
transporte aéreo, como ha ocurrido recientemente, sean objeto de acusación si se
alega que esos reclamos desvían al personal de seguridad de sus tareas
ordinarias y crean peligro de inseguridad en el aeropuerto. Una resbaladiza
disposición, como se ve, que puede terminar con personas inocentes detenidas por
"terroristas", a través de la acción de fiscales y jueces demasiado controlados
por el Poder Ejecutivo.
Pero lo peor está en las normas procedimentales.
El art. 12 de la ley autoriza al P. E. a compartir con otros países información
e inteligencia, aun la que posea clasificación de seguridad. Como dice el juego
de palabras francés: ce pluriel c'est bien singulier. Sería por demás ingenuo
creer que esos "países" serán el Uruguay o el Paraguay. Sin un gran esfuerzo de
imaginación es fácil saber que esa disposición está allí para nutrir al país que
mantiene la prisión de Guantanamo, universalmente denostada por violación
flagrante de los principios y preceptos humanitarios y jurídicos más elementales
y las audaces cárceles secretas de Europa Oriental, y que confesadamente ha
torturado en Irak.
Como si la Secretaría de Informaciones del Estado (SIDE), dotada hoy de un
presupuesto descomunal, no fuera suficiente, y no lo fuera también su lamentable
ejecutoria como arma del gobernante de turno para espiar a los ciudadanos a
quienes sospecha como adversarios o disconformes, hay en la ley un curioso
capítulo denominado con la palabra "Herramientas", obviamente traducción de
"Tools". Se trata de la creación de una frondosa burocracia secreta, nocturnal e
incontrolable de: a) informantes, b) agentes encubiertos, y c) arrepentidos. Es
algo ajeno a nuestras tradiciones jurídicas, en las que el principio de la
publicidad de los actos estatales es la regla, muy especialmente en el proceso
penal. Corresponden a un resabio de la guerra fría, que se recrea y se nos
infiere a los que nunca participamos de ella. Y recuerda aquello que decía Kant
en "La Paz Perpetua:"...esos actos infernales (asesinos, envenenadores, el uso
de la traición, el espionaje) ya viles en si mismos, al ser puestos en
circulación, no quedan confinados a la esfera de la guerra...vicios tales, una
vez estimulados, no está en la naturaleza de las cosas que se los pueda detener
y son llevados al estado de paz, donde su presencia es enteramente destructiva
del propósito del Estado en cuestión".
Por la experiencia que tenemos los argentinos, y por la experiencia universal de
los actos definidamente ilegales y delictuales cometidos por la CIA, según
explicita confesión, ¿qué podemos esperar de los caballeros que se postulen a
informantes, agentes encubiertos y arrepentidos, qué expectativa de rectitud y
veracidad pueden merecer? No pueden dejar de resonar en nuestro interior las
palabras de Kant.
No debe caber duda alguna. Esta ley, oscuramente sancionada a espaldas de la
opinión pública y del debate leal y sincero, es una amenaza al derecho de
defensa y al debido proceso legal.
Pasa a ser ahora un importante objetivo cívico y republicano su derogación lisa
y llana.
Fuente Periodismo de Verdad
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