[R-P] Sigilosa ley...

C J Lazor clazor en ciudad.com.ar
Lun Jun 25 08:04:21 MDT 2007



La sigilosa y terrorífica Ley Antiterrorista
La reciente ley antiterrorista, leída con algún cuidado, causa terror. Ha sido 
sancionada en la turbiedad de la polvareda eleccionaria, y con el sigilo propio 
de una mayoría legislativa consciente, muy a sabiendas, de los reparos 
gravísimos que una opinión pública advertida hubiera opuesto.

Por el Dr. Salvador María Lozada
Como todo documento, una ley no puede ser juzgada sino en el contexto político 
social en el que se va a aplicar. En el caso, no puede ocultarse que estas 
normas terroristas van a ser aplicadas por una judicatura federal, parcialmente 
integrada todavía por los famosos jueces de la "servilleta", y que en su 
totalidad ha perdido independencia desde la modificación del Consejo de la 
Magistratura en el orden nacional, ya que el Poder Ejecutivo, con su notoria 
propensión a influir en la justicia, domina ese cuerpo, el referido consejo 
paradójicamente creado para asegurar aquella independencia, y del que dependen 
los nombramientos y las destituciones judiciales.

Tampoco se puede omitir que no son normas dictadas desde el interés nacional ni 
aportan soluciones a problemas de la Argentina contemporánea. Hace más de diez 
años que en no hay un atentado con características terroristas en nuestro país. 
Ninguna institución, ningún agrupamiento cívico, social, político o protector de 
los derechos fundamentales de las personas, ha reclamado la creación de este 
texto ominoso. Se sabe bien que los problemas de la Argentina son otros: la 
pobreza desproporcionada, la injusta distribución de la riqueza, la depredación 
y el déficit educativo, la perdida del control soberano sobre los recursos 
naturales, la inseguridad ciudadana y otros conexos. A ninguno de ellos se 
refieren estas normas. En cambio, aparecen en un momento de alarmante 
endurecimiento coercitivo, como el que vivieron los maestros y profesores en 
Santa Cruz, lo cual crea un clima de significación peculiar para toda nueva 
legislación represiva.

Estas prescripciones provienen no de adentro sino de afuera. Un afuera que sería 
ingenuo ignorar está ocupado casi enteramente por la potencia hegemónica. En 
este sentido, la ley ha sido un "deber", como se decía antes, una "tarea", como 
se dice ahora, destinados al aprecio y la satisfacción de esa hegemonía 
monitora.

No será la primera vez que el terrorismo sea utilizado como cobertura para otros 
intereses y otras finalidades. Esto es bien notorio, en la siempre repetida 
mención de la Triple Frontera como una cueva del terrorismo internacional. Tan 
cierto como que la policía y los servicios de seguridad de tres países custodian 
y controlan ese enclave, es que nunca se ha podido probar nada que ni 
remotamente se aproxime al terrorismo. Pero es una aserción retórica, 
susceptible de ser repetida mil veces más. Es un rótulo que ha permitido poner 
bases militares en el Paraguay y que permite una custodia cercana del Acuífero 
Guaraní. Recuérdese que el convenio con el Banco Mundial para "la preservación 
ecológica" de dicho sistema, está signado por la Argentina, Brasil, Paraguay y 
Uruguay, cuatro naciones cuyos gobernantes han permitido que una quinta también 
lo firme, como si fuera uno de los ribereños, los Estados Unidos.

Lo más grave en esta ley, curiosamente, no está en las amenazantes reglas 
sancionatorias, que aparejan prisión o reclusión de 10 a 20 años. Hay algunas, 
en todo caso, que muestran cuan arbitrariamente se pueden utilizar algunas 
descripciones delictuales, como la que dispone esas penas para la acción de 
"perturbar los servicios del aeropuerto, si ese acto pone en peligro su 
seguridad". Está claro que invita al riesgo de que una encendida protesta 
sindical, o una igualmente áspero reclamo de los usuarios de los servicios del 
transporte aéreo, como ha ocurrido recientemente, sean objeto de acusación si se 
alega que esos reclamos desvían al personal de seguridad de sus tareas 
ordinarias y crean peligro de inseguridad en el aeropuerto. Una resbaladiza 
disposición, como se ve, que puede terminar con personas inocentes detenidas por 
"terroristas", a través de la acción de fiscales y jueces demasiado controlados 
por el Poder Ejecutivo.

Pero lo peor está en las normas procedimentales.

El art. 12 de la ley autoriza al P. E. a compartir con otros países información 
e inteligencia, aun la que posea clasificación de seguridad. Como dice el juego 
de palabras francés: ce pluriel c'est bien singulier. Sería por demás ingenuo 
creer que esos "países" serán el Uruguay o el Paraguay. Sin un gran esfuerzo de 
imaginación es fácil saber que esa disposición está allí para nutrir al país que 
mantiene la prisión de Guantanamo, universalmente denostada por violación 
flagrante de los principios y preceptos humanitarios y jurídicos más elementales 
y las audaces cárceles secretas de Europa Oriental, y que confesadamente ha 
torturado en Irak.

Como si la Secretaría de Informaciones del Estado (SIDE), dotada hoy de un 
presupuesto descomunal, no fuera suficiente, y no lo fuera también su lamentable 
ejecutoria como arma del gobernante de turno para espiar a los ciudadanos a 
quienes sospecha como adversarios o disconformes, hay en la ley un curioso 
capítulo denominado con la palabra "Herramientas", obviamente traducción de 
"Tools". Se trata de la creación de una frondosa burocracia secreta, nocturnal e 
incontrolable de: a) informantes, b) agentes encubiertos, y c) arrepentidos. Es 
algo ajeno a nuestras tradiciones jurídicas, en las que el principio de la 
publicidad de los actos estatales es la regla, muy especialmente en el proceso 
penal. Corresponden a un resabio de la guerra fría, que se recrea y se nos 
infiere a los que nunca participamos de ella. Y recuerda aquello que decía Kant 
en "La Paz Perpetua:"...esos actos infernales (asesinos, envenenadores, el uso 
de la traición, el espionaje) ya viles en si mismos, al ser puestos en 
circulación, no quedan confinados a la esfera de la guerra...vicios tales, una 
vez estimulados, no está en la naturaleza de las cosas que se los pueda detener 
y son llevados al estado de paz, donde su presencia es enteramente destructiva 
del propósito del Estado en cuestión".

Por la experiencia que tenemos los argentinos, y por la experiencia universal de 
los actos definidamente ilegales y delictuales cometidos por la CIA, según 
explicita confesión, ¿qué podemos esperar de los caballeros que se postulen a 
informantes, agentes encubiertos y arrepentidos, qué expectativa de rectitud y 
veracidad pueden merecer? No pueden dejar de resonar en nuestro interior las 
palabras de Kant.

No debe caber duda alguna. Esta ley, oscuramente sancionada a espaldas de la 
opinión pública y del debate leal y sincero, es una amenaza al derecho de 
defensa y al debido proceso legal.

Pasa a ser ahora un importante objetivo cívico y republicano su derogación lisa 
y llana.

Fuente Periodismo de Verdad 





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