[R-P] www.argentinaoculta.com
C J Lazor
clazor en ciudad.com.ar
Jue Jun 14 11:47:02 MDT 2007
[Esperando sea de interés...]
EXISTENCIA Y VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN ECONOMICA DE 1853
( EN HOMENAJE AL DR. JULIO CARLOS GONZALEZ )
Luego de sancionarse la Constitución Nacional de 1853 que procedió al
ordenamiento jurídico y político de la Nación, la Asamblea Constituyente siguió
sesionando al sólo efecto de promulgar el Estatuto de Hacienda y Crédito
Público, verdadera Constitución Económica de la Nación y al decir de uno de los
convencionales ( Zapata ) : " si la Constitución sancionada el 1° de Mayo y
promulgada el 25, organizaba al país políticamente por las declaraciones de
derechos y garantías y por la construcción y equilibrio de los diversos poderes
públicos, el presente Estatuto lo organiza por los intereses materiales creando
las más sólidas garantías de orden por la feliz combinación de los intereses
privados con los de la nación a través de la sociedad en que vienen naturalmente
a refundirse". Y el convencional Gutiérrez a su vez expresaba : "La
Constitución sería un simple desideratus sin el Proyecto del Estatuto
Económico..."..." Si la Constitución ha establecido la democracia, el Estatuto
es la palanca para los grandes fines que la Constitución se ha propuesto".
Hemos sido ilustrados por el maestro Dr. Julio C. González ( quien durante 35
años ha enseñado la existencia y vigencia del Estatuto ) que el mismo fue
sancionado el 9 de diciembre de 1.853 bajo la siguiente fórmula: " El Congreso
General Constituyente, sanciona con fuerza de ley, el Estatuto de Hacienda y
Crédito Público de la Confederación Argentina", es en consecuencia una ley
constituyente y sólo puede derogarse mediante otra ley de su misma naturaleza, y
dado que ninguna Asamblea Constituyente posterior formalmente la derogó, su
vigencia se mantiene debido al olvido que sobre ella pesa.
Es entonces nuestra olvidada Constitución Económica y cuando hablamos de ella,
estamos hablando de la existencia de dos proyectos de Organización Nacional; uno
librecambista, con sede política en el Puerto de Bs. As, ligado desde siempre a
los interese foráneos que nos mantienen sometidos y otro proyecto de desarrollo
autónomo que velaba por la defensa de los intereses nacionales, encarnado por
esta Constitución Económica.
No suscribimos que la batalla de Caseros fuera el verdadero quiebre en la
historia argentina, para nosotros el efectivo quiebre se produce con la batalla
de Pavón del 17/09/1861. Esa ha sido la circunstancia en que fue derrotado
efectivamente el proyecto nacional en el siglo XIX.
Aquella batalla dio origen al titulado Proceso de Organización Nacional cuyo
comienzo es señalado por los autores en 1862. Tristemente en 1976, luego de
jaquear por izquierda y por derecha a un gobierno constitucional, otro Proceso
este autotitulado de Reorganización Nacional produjo los mismos resultados:
reinicio de la entrega del patrimonio nacional a manos extranjeras, únicamente
posible mediante la masacre y el reemplazo de la población.
A partir del proceso político de 1.862 se asesinó a 40.000 gauchos federales.
Pero para entender bien la situación , con una población de 1.500.000 de
habitantes en 1862 , 40.000 asesinados corresponden, a valores actuales, un
millón de muertos.
La batalla de Pavón también prefiguró y aceleró otro Genocidio. La ignominiosa
Guerra de la Triple Alianza, donde 700.000 paraguayos dejaron la vida en defensa
del honor de su Patria. Aquella criminal Guerra librada en nombre de la Libertad
de Comercio, no hubiera sido posible sin antes quebrar la voluntad popular
expresada magistralmente por el Estatuto de Organización de la Hacienda y el
Crédito Público .
Este Estatuto, verdadera Constitución Económica es el primer proyecto nacional
en pos de la independencia económica, la soberanía política y la justicia
social. Su derrota es nuestra derrota. Por ello, su reconocimiento hoy, cobra
más importancia.
El Estatuto es la primera ley económica sancionada por la Nación . En el diario
de sesiones se menciona en la Pág. 470 que "el Sr. Ministro de Hacienda
aguardaba en las antesalas el permiso para tomar parte de la discusión del
proyecto sobre la organización de la hacienda y el crédito público".
Invitado a pasar fue saludado como "patriota ministro" y "sabio economista" .
¿ Quién era el patriota y sabio economista autor del proyecto ?
Era Mariano Fragueiro , cordobés, hombre de fortuna y de respeto. Se destaca
que a pesar de ser simpatizante unitario Don Juan Manuel de Rosas ordenó que no
fuera molestado durante su larga estadía en Buenos Aires. Había cursado
estudios en el Colegio Montserrat y en la Universidad Mayor de San Carlos. Autor
de dos obras fundamentales: "Organización del Crédito" y "Cuestiones Argentinas",
ambas publicadas en Chile. Hombre de gran patriotismo y sensibilidad; cuando
llamado por Urquiza para asumir el cargo de Ministro de Hacienda juró hacerlo
" por el pueblo y para el pueblo olvidado".
Mariano Fragueiro en lo político tuvo las influencias del socialismo
santsimoniano vigente por aquellos años y en lo económico en las ideas de
Alexander Hamilton (uno de los padres fundadores de los Estados Unidos ).
¿Pero que es el estatuto?
El Estatuto es un cuerpo jurídico constitucional de materia económica social.
Un verdadero proyecto de política económica independiente basado en los
siguientes ejes: moneda soberana, crédito público y realización de la
infraestructura económica básica en manos nacionales .
Decía Mariano Fragueiro, " Sin renta, sin moneda, sin comercio regular, sin
medios de comunicación, todo es forzoso crearlo, y mientras tanto debemos
servirnos de lo existente en las provincias que más recursos tienen, exaltando
el sentimiento de la nacionalidad".
En numerosas oportunidades señaló que "sin crédito la Organización Nacional
era imposible". Y para que la Organización Nacional respetara los intereses
nacionales, el crédito debía ser público, por ello, destinó la creación del
Banco Nacional de la Confederación a servir a la industria, mencionando que el
objetivo del Banco no era procurarse ganancias sino estar al servicio de los que
menos tienen.
Escribe Emilio Antonio Díaz, la Argentina ignoró a Fragueiro que en 1850
propuso un modelo de desarrollo totalmente contrario a los intereses
extranjeros, sostenido por el Puerto de Bs. As.
Sostenía "este sabio economista" que " las vías públicas, los ferrocarriles,
las comunicaciones marítimas, los bancos y otras empresas deben estar al amparo
de los soberanos y deben su realización al crédito público, más no es esto
bastante, se necesita aún que esas operaciones sean exclusivamente de los
gobiernos".
Porque si un gobierno tratara de comprar un puente, un muelle, un ferrocarril
que diera buena renta, ninguna objeción se haría al empleo de un capital
nacional. Más no se trata de comprar obras públicas construidas. Se trata de
construirlas".
Todo estaba por hacerse y por ello, más que nunca se necesita de una moneda
soberana y del crédito público.
Señalamos entre las influencias de Don Mariano Fragueiro a Alexander Hamilton,
primer Secretario de Hacienda de los EEUU, quien en 1790 en su informe sobre el
Banco Nacional sostiene que " Un Banco Nacional es una institución de
importancia capital para la prosperidad de la administración de las finanzas ,
ya que permite a los gobiernos, especialmente en épocas de emergencia, obtener
la ayuda pecuniaria necesaria.".
" Una banca Nacional bien constituida aumenta en varias formas el capital
activo de un país. Esto es lo que genera empleo, es lo que anima y expande el
trabajo y la industria".
Hamilton dirá: " no es importante lo que se use como dinero, sea este papel,
oro o plata, el efecto en la industria es el mismo, y la riqueza de la Nación ha
de medirse no por la abundancia de metales preciosos que contenga sino por la
capacidad de producción de industria y trabajo que contenga".
Las cosas darán valor a la moneda y no la moneda a las cosas.
Y Mariano Fragueiro en su proyecto de creación del Bco. Nacional de Chile
sostendrá: " la moneda es un artículo necesario en el mercado, mientras circula
no importa mucho ni exige su valor metálico , sino que su valor real estará dado
por la producción de bienes y servicios que proporciona en sus transacciones."
Cuando Hamilton, propone la creación del Banco. Nacional estadounidense señala
en el punto 2 de su borrador: " la necesidad de capitalizar el Banco permitiendo
la transformación de la deuda pública en acciones de ese mismo Banco".
Es decir, plantea que la independencia económica vendrá de la mano de un
proceso de desarrollo autónomo ( Su Informe sobre las Manufacturas ) y de la
nacionalización de la deuda pública y su cancelación mediante mecanismos que no
agravien el erario público.
Por su parte, Fragueiro expondrá: " todas las ventajas que la deuda pública
puede procurar al gobierno que la contrae, desaparecen si las rentas se pagan al
exterior, los costos de endeudamiento externo son muy onerosos. Por ello, en
situaciones aflictivas para los Gobiernos, se debe apelar al patriotismo de los
nacionales para procurarse los recursos para la financiación de la
administración".
Su pretensión era canjear la deuda externa (originada en el famoso empréstito
Baring Brothers que ahogaba tanto financiera como políticamente al país ) por
deuda interna canjeable de manera que no lesionara los intereses nacionales.
La simple mención de rescatar la deuda externa, procurar una moneda soberana
que alentara el trabajo y la producción, la realización a través del crédito
público de la infraestructura económica necesaria y que ésta estuviera en manos
nacionales; prefigura la totalidad de intereses locales y fundamentalmente
foráneos que afectaba en su defensa de la Patria a través de su sancionado
Estatuto. Por ello no es de extrañar la cantidad de enemigos que se granjeó y el
olvido que pesa sobre su persona y su obra.
Para calibrar históricamente al principal enemigo que enfrentó la Constitución
Económica de la Nación Argentina recordemos al economista inglés Jevons que por
aquellos años se jactaba de : " Las llanuras de América del Norte y de Rusia son
nuestros trigales, Chicago y Odessa, nuestros graneros. Canadá y el Báltico
nuestros bosques proveedores de madera; Australia contiene nuestras granjas de
corderos, y en la Argentina y las praderas de América del Norte están nuestras
manadas de bueyes; Perú nos envía su plata y el oro de África del Sur fluye
hacia Londres; los hindúes y los chinos cultivan nuestro té, y nuestras
plantaciones de café, azúcar y especias están en todas las Indias; España y
Francia son nuestros viñedos y el Mediterráneo nuestra huerta de frutales y
nuestros campos de algodón que durante mucho tiempo estuvieron en el Sur de
EEUU, se están extendiendo ahora por todas las regiones templadas del planeta"
Recordemos una vez más, que la Guerra de la Triple Alianza se produjo para
beneficiar con el aprovisionamiento del algodón del chaco paraguayo a las
hilanderías inglesas en reemplazo de las perdidas plantaciones del Sur de EEUU
malogradas como consecuencia de la guerra civil a que fue arrojado dicha nación.
Como venimos sosteniendo desde su misma sanción la Constitución Económica fue
atacada por todos los flancos, especialmente por aquellos ligados a los
intereses británicos. La caída posterior de Mariano Fragueiro permitió a José de
Buschental , un oscuro financista que acercó algunas monedas para las jaqueadas
finanzas confederadas arrancar un contrato celebrado el 06/07/1855 en donde se
lo facultó para : 1) contratar en Europa la construcción de un ferrocarril ( que
MF pretendía hacerlo con fondos propios ); 2) negociar un empréstito de 5
millones de pesos ( el Estatuto pretendía emitir 6 millones de moneda soberana);
3) Establecer un Banco con un capital de 4 millones en cualquier lugar del país
( en reemplazo del Banco Nacional sancionado por la Constitución de 1853); 4 )
Facultar a dicho banco para acuñar moneda y emitir billetes en reemplazo del
Banco Nacional; 5) cobrar intereses por los préstamos otorgados del 12% ( la
Constitución Económica fijaba la tasa de interés en un 6% anual para facilitar
el desarrollo de la industria y el comercio. Estamos hablando de la duplicación
de la tasa de interés al inicio del proceso supuestamente democrático).
En pocas palabras, el contrato con José de Buschental vino a reemplazar de
hecho la Constitución Económica. Verificamos que éste oscuro personaje que
conspiró contra Fragueiro, su Estatuto y la Nación misma, no alcanzó a lograr
los fondos comprometidos y tras su fracaso , que cedió todos sus derechos de
este contrato a favor del Barón de Maúa, agente de la casa financiera Rostchild.
La separación de Buenos Aires, la pérdida para la renta pública nacional del
producido por la aduana porteña, la negación de Bs. As para que su moneda
acuñada tuviera curso legal en toda la República, debe entenderse dentro de la
Guerra Económica que venía desarrollándose entre Bs. As y el Interior desde
1820, tal como lo señala Juan Álvarez.
La falta de numerario obligó a la Confederación a ceder el cobro de los
derechos de Aduana en Santa Fé, Rosario y Coronda. Buschental cobró los derechos
de aduana e impulsó para que poco tiempo después, se privatizaran los resortes
del poder económico argentino.
Tal como lo señala Alberdi, en Argentina se gastaron 27 millones de libras
esterlinas en las guerras interiores resultadas del Proceso de Organización
Nacional y se contrajeron deudas por 26 millones de libras esterlinas. Se
financió el exterminio de los sectores populares mediante la contracción de
deuda externa.
Producida la derrota de las fuerzas nacionales en Pavón , accedió Mitre al
Gobierno, recomenzando el proceso de endeudamiento nacional, y no podemos pasar
por alto que, mediante el reconocimiento de los intereses atrasados del
empréstito Baring de 1824 y su posterior pago , la banca inglesa compró a precio
vil la infraestructura existente (aún en manos de nacionales), tal como
aconteció dramáticamente en la década de 1990 luego de la Guerra Nacional de
Malvinas.
La historia nauseabundamente se repite y es por eso que hoy seguimos siendo un
territorio tributario.
Una última mención sobre el Estatuto ( a la espera de la publicación del libro
del maestro González) , hablemos del registro de la deuda.
En su Título IV Capítulo 1 artículo 1 menciona que: " queda establecido un
libro de Crédito Público de la Confederación Argentina".
Artículo 7: " sólo en el Congreso puede abrirse y cerrarse el libro de Crédito
Público".
Título XIII artículo 3: " después de establecerse las Administraciones de
Hacienda y Crédito Público se abrirá en cada una de ellas un registro de la
deuda pública".
En los siguientes artículos se señala los procedimientos que deben seguir todos
aquellos que pretendan ser reputados como acreedores de la República.
En los fundamentos del fallo que sancionó como ilegal y fraudulenta a la deuda
pública contraída en el período 1976 a 1983 , se menciona que los directores del
Banco Central de la Republica Argentina declararon que no se llevaban registros
contables de la deuda y que la misma se llevaba en un libreta a cargo de un
funcionario del FMI designado para tal efecto.
Posteriormente Cavallo solicitó a los acreedores que fijaran el monto total de
la deuda luego del Plan Brady mediante la contratación de una consultora ligada
a los mismos y que basó su trabajo en los registros de los bancos acreedores y
hoy el registro de la deuda la lleva el Juez Griessa en los tribunales de Nueva
York, y por supuesto que también se lleva en la City de Londres.
Una y otra vez, por habernos robado la memoria, los argentinos tropezamos con
las mismas piedras. La existencia y vigencia de la Constitución Económica de
1.853 nos afirma que aún nos debemos el ruido de rotas cadenas y en el trono la
noble igualdad.
Nada más y hasta entonces.
Dr. Néstor Roberto Forero
12/2005
Más información sobre la lista de distribución Reconquista-Popular