[R-P] Fw: La Nacion 20-02-05

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Dom Feb 20 21:43:58 MST 2005


R E , lo recibido para análisis de la Lista.
Huele a avanzada de los Mitre.!!!!
Saludos  Manuel.

Enviado por  La Nacion 20-02-05  Editorial
Contra la violencia de los años 70

La Unidad de Fiscales de La Plata ha solicitado a la Cámara Federal
que se investigue, en los denominados "juicios de la verdad",
la actuación de los grupos parapoliciales que intervinieron en las
desapariciones producidas en nuestro país antes del 24 de marzo de 1976.

Con la inquietud fiscal se intenta levantar el manto de silencio que,
con la tolerancia de algunos jueces y de varios organismos de
derechos humanos, se creó a partir del decreto 158/83, que colocó
como comienzo de las investigaciones la fecha de inicio del último
gobierno militar.

En efecto, teniendo en cuenta que el 8 de mayo de 2003 la Cámara
Federal de La Plata resolvió que los delitos de lesa humanidad y los
conexos son imprescriptibles, esos fiscales ahora procuran que las
investigaciones judiciales no se detengan -como hasta ahora- en la
fecha en que comenzó el régimen de facto, sino que se extiendan
hacia atrás en el tiempo todo lo que sea necesario.

Seguramente tendrán especial significación en esa investigación las
declaraciones que el doctor Eduardo Rabossi, en su carácter de
secretario de Estado de Derechos Humanos en el gobierno del
presidente Raúl Alfonsín y de miembro de la Comisión Nacional de
Desaparición de Personas (Conadep), formuló durante el juicio a los
comandantes de las Fuerzas Armadas. En esa oportunidad, el doctor
Rabossi admitió que la Conadep pudo constatar la existencia del
siguiente número de desapariciones: 19, en 1973; 50, en 1974; 359,
en 1975; 549 en el primer trimestre de 1976.

Adjudicar todas ellas a la acción de la Triple A constituye un notorio
error, pues ese grupo extremista actuó entre abril de 1973 y abril de
1975. No se le pueden atribuir, por lo tanto, las violaciones de los
derechos humanos registradas en los meses restantes de 1975 y
las que se concretaron en los tres primeros meses de 1976.

La espinosa cuestión que pretenden esclarecer los fiscales tiene ribetes
de indudable contenido político, por cuanto aspira a demostrar que el
llamado "terrorismo de Estado" no comenzó con la toma del poder por
las Fuerzas Armadas, sino durante el gobierno de Juan Domingo Perón
y de María Estela Martínez de Perón. La presidenta derrocada en 1976 y
los funcionarios de su administración, por lo tanto, estarían
presumiblemente
involucrados en las investigaciones en curso. De esa manera, al derribarse
una barrera temporal injustificada, se abre un escenario diferente y
altamente complejo en las causas judiciales que impulsan la búsqueda
de la verdad.

En tal caso, a las graves responsabilidades históricas de haber amnistiado
a los terroristas sin desarmarlos y de haber suprimido la Cámara Federal
que tan eficazmente los había juzgado, con pleno respeto por los
procedimientos legales y sin recurrir al perverso método de la represión
ilegal, las autoridades constitucionales del período 1973/1976 sumarían
otra culpa inocultable: la de haber tolerado o instrumentado la aberrante
metodología de las desapariciones.

Asimismo, en el nuevo escenario deberán tenerse en cuenta, tarde o
temprano, otros delitos, cuyos autores, cómplices y encubridores están
aún en situación de impunidad total en la Argentina. Nos referimos a los
crímenes perpetrados por quienes militaban en las bandas terroristas y
subversivas en las décadas de los 70 y 80. Ellos cometieron, como
nadie ignora, un sinnúmero de atentados que provocaron víctimas civiles
inocentes, respecto de las cuales nuestra sociedad no conoce toda la
verdad, sin que se haya hecho tampoco justicia. Esos delitos son
también de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles.

Nuestra sociedad tiene derecho a conocer toda la verdad respecto
de esos hechos, de quiénes los cometieron, de las circunstancias
en que fueron perpetrados y de los apoyos con que contaron los
asesinos en cada caso. Es hora de que también sus víctimas sepan
la verdad y reciban el resarcimiento social que les corresponde.

Por todo esto, existe fundado interés en conocer el texto del proyecto
de ley que, según se sabe, está preparando el Poder Ejecutivo para
recalcar lo que ya se conoce: que las investigaciones de actos de
terrorismo no prescriben. El terrorismo, en rigor, no necesita ser
equiparado legislativamente con los delitos de lesa humanidad,
porque es uno de ellos. Los poderes públicos deben esclarecer
lo acontecido en el caso de la AMIA, pero su afán de justicia no
puede limitarse a ese trágico atentado, sino que debe extenderse
a todos los demás perpetrados contra civiles inocentes, cuyos
autores materiales, es obvio, siguen impunes.

Es de esperar que quienes en los órganos legislativos hayan tenido en
el pasado algún vínculo con el terrorismo se excusen de participar en el
debate sobre esta cuestión y, naturalmente, de votar en ella. Porque
están en el centro de un absoluto conflicto de intereses y se
transformarían en jueces en causa propia.

Reiteradamente hemos insistido desde estas columnas en la necesidad
de que las máximas autoridades del Estado convoquen a un diálogo de
reconciliación nacional para que nos sea posible a los argentinos
elaborar un juicio histórico riguroso de aquel doloroso pasado y proyectar
un futuro de paz. En respuesta a este llamamiento, enfática e
insistentemente se ha dicho que el único camino posible es el de la
justicia.

Pues bien, la Justicia está actuando, pero ya ha establecido que no
aceptará acotar los períodos ni los sujetos de investigación. Así como
los fiscales, separando el crimen de la ideología, pretenden investigar
todas las desapariciones, la Corte Suprema de Justicia, en la causa
Arancibia Clavel, recordó recientemente que también constituyen
crímenes de lesa humanidad imprescriptibles los cometidos por las
organizaciones terroristas, pues en esos actos de destrucción se
patentiza una desproporción total entre el fin político o ideológico
buscado y el medio que se utiliza, violatorio de los más elementales
principios de la convivencia humana.

Seguramente, algunos de los autores de tales crímenes se apresurarán
a invocar en su favor la ley de amnistía de 1973, cuya validez sería
puesta en debate con el mismo argumento con que se suele cuestionar
a las leyes de obediencia debida y punto final .

Si se alega que estas últimas son el fruto de una imposición de los
sublevados en Semana Santa, no es posible convalidar tampoco la
amnistía de 1973, lograda como consecuencia de la fuerte presión que
llevó a los políticos a liberar a los detenidos antes de que fuera
sancionada.

Si se rechazan las amnistías, los indultos y las leyes de obediencia debida
y punto final, todos los crímenes de guerrilleros y miembros de las fuerzas
de seguridad deberán ser juzgados nuevamente, incluyendo como partícipes
a los ideólogos y apologistas de la violencia.

¿Es ése el camino razonable para un país en default, con índices vergonzosos
de pobreza e indigencia? Si las culpas son compartidas y evidentes, ¿no
deberíamos encontrar, como España, un camino de verdadera reconciliación?

Es hora de buscar integralmente la verdad, porque sólo así dejaremos de
seguir
viviendo aferrados a lo peor de nuestro pasado.

http://www.lanacion.com.ar/opinion/nota.asp?nota_id=681109
LA NACION | 20.02.2005 | Página 26 | Opinión







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