[R-P] FW: "Yo soy Guatemala."

Bibiana Apolonia bibiapo en sinectis.com.ar
Lun Dic 23 22:00:01 MST 2002


----- Mensaje original ----- 
De: "arriola" <arriola en conecta.com.mx>
Para: <bibiapo en uolsinectis.com.ar>
Enviado: Lunes 23 de Diciembre de 2002 22:01
Asunto: RV: "Yo soy Guatemala."


> 
> ----- Original Message -----
> From: Manuel Angel Castillo García <castillo en colmex.mx>
> To: Maria Isabel Molina <marisa en flacso.flacso.edu.mx>
> Sent: Monday, December 23, 2002 3:16 PM
> Subject: "Yo soy Guatemala."
> 
> 
> 
> "Yo soy Guatemala."
> 
> 
> 
> Por:
> 
> Marco Fonseca
> 
> Doctor y Profesor Adjunto
> 
> Departamento de Ciencia Política
> 
> Universidad de Toronto
> 
> 
> 
> 
> 
> "Yo soy Guatemala." Ese es el lema político que el ex-General, ex-dictador y
> actual Presidente del Congreso de Guatemala José Efraín Ríos Montt esta
> empleando en la campaña política ya iniciada y que habrá de concluir en
> elecciones generales posiblemente en noviembre de 2003. Este lema expresa
> una contradicción profunda, no solo en la figura del antiguo dictador de
> seguridad nacional, sino también de los sectores y segmentos de la sociedad
> guatemalteca que respaldan la retórica, las acciones y los proyectos del Sr.
> Ríos Montt.
> 
> 
> 
> El Sr. Ríos Montt es un hombre de trayectoria militar, caudillista, golpista
> y oligárquica. Este tipo de figura, declaró a la prensa recientemente el
> jefe de la bancada eferregista en el Congreso, Arístides Crespo, "ha sido
> candidato desde su nacimiento." Y si ha sido candidato desde su nacimiento
> entonces estamos hablando de predestinación política, es decir, que
> Guatemala estaría predestinada a darse a sí misma una cabeza presidencial
> con trayectoria militar, dictatorial y genocida. Si el Sr. Ríos Montt es
> Guatemala, entonces Guatemala es militarista, dictatorial y genocida. De ese
> modo, entonces, Guatemala está sujeta a un ciclo de suicidios sociales,
> culturales y políticos. Porque eso es, efectivamente, lo que resultaría de
> la reelección del Sr. Ríos Montt.
> 
> 
> 
> La gente que argumenta en favor de la predestinación política del Sr. Ríos
> Montt también argumenta, por lógica, a favor de la futilidad de la
> transición democrática en Guatemala. Si se considera a la transición
> democrática como algo pasajero, como algo meramente contingente comparado
> con la meta-histórica predestinación política del Sr. Ríos Montt, no debe
> sorprender que, si se las acepta de alguna manera, las instituciones
> democráticas surgidas a partir de 1985 y 1996 solo cobran sentido real si
> son vistas como un vehículo destinado a facilitar el ascenso político del
> ex-dictador de seguridad nacional. Al fin y al cabo la figura del Sr. Ríos
> Montt supuestamente disfruta de un destino político que no depende para nada
> de los procesos democráticos de formación de la opinión y la voluntad
> políticas. Pero si ha de someterse esta figura política a los vaivenes
> ruidosos de un proceso electoral ello habría de darse solo bajo el entendido
> de que dicho proceso tiene un carácter plebiscitario. Solo de este modo
> crudo y simplista es posible entender el argumento de la predestinación
> política del Sr. Ríos Montt con el reclamo de que se lo debe dejar
> participar como candidato presidencial en la actual carrera electoral. Es
> precisamente por su carácter mesiánico y supuestamente predestinado que los
> eferregistas hablan del "temor" que todo mundo le tiene al ex-General en las
> actuales circunstancias políticas de la república.
> 
> 
> 
> Sin embargo, los impedimentos a la candidatura del Sr. Montt no están de
> ningún modo basados en el temor a su participación o en el temor ciego a su
> supuesta predestinación mesiánica. Al contrario, dichos impedimentos están
> basados en argumentos muy sólidos tanto de carácter histórico como jurídico.
> Lo histórico está, en el momento presente, documentado de manera irrefutable
> tanto en el reporte REHMI como en el reporte de la Comisión de
> Esclarecimiento Histórico (CEH). Los hechos desgraciadamente históricos
> consignados en estos reportes registran que durante los años que por medio
> de la fuerza el Sr. Ríos Montt ocupó la jefatura de Estado:
> 
> 
> 
> -         Intentó silenciar por completo todas las noticias referidas a
> violencia política (Decreto 9-82);
> 
> -         Emitió un decreto de amnistía para delitos políticos;
> 
> -         Impuso el estado de sitio (Decreto 44-82);
> 
> -         Amplió y profundizo la militarización del país por medio de la
> integración de zonas y destacamentos militares incluyendo a ex-soldados
> originarios del lugar;
> 
> -         Lanzó el Plan de Campaña Victoria 82 contra frentes guerrilleros
> del noroccidente y norte del país. Esta fue una ofensiva sin cuarteles
> contra la población civil que provocó decenas de miles de víctimas, enormes
> desplazamientos de población en el interior y hacia fuera del país. La
> ofensiva militar fue brutal y totalizante, sin misericordia alguna hacia la
> población civil inocente y desprotegida; todas las masacres asociadas con
> esta y otras ofensivas militares tuvieron un carácter bien planificado y
> estuvieron - de acuerdo al trabajo de Myrna Mack - marcadas por criterios
> que emanaban de la presidencia de la república, es decir, directamente del
> Sr. Ríos Montt;
> 
> -         Inició la "campaña de tierra arrasada" por todo el altiplano que
> resultó en cientos de masacres y destrucción de aldeas;
> 
> -         Creó las Patrullas de Auto-Defensa Civil (PAC);
> 
> -         Impuso instituciones no electas como el Consejo de Estado;
> 
> -         Implantó los Tribunales de Fuero Especial, en contra de todos los
> principios nacionales e internacionales del debido proceso, para juzgar y
> condenar a la oposición armada;
> 
> -         Fomentó la expansión de las maquiladoras como modelo
> neo-exportador y precursor de los actuales TLCs;
> 
> -         Impuso el Impuesto sobre el Valor Agregado, al 10%, que entró en
> vigencia el julio de 1983 al mismo tiempo que, satisfaciendo demandas del
> FMI y el sector empresarial, redujo el Impuesto sobre la Renta y los
> impuestos a la exportación.
> 
> 
> 
> 
> 
> Como es de todo mundo sabido, el Sr. Ríos Montt llegó al poder
> ilegítimamente, como un caudillo militar golpista esgrimiendo tantos las
> banderas del anticomunismo de seguridad nacional como de limpieza moral. El
> record de su período como Jefe de Estado es ciertamente macabro y grotesco,
> una contradicción que mezcló sermones dominicales de amor y salvación divina
> con acciones militares cotidianas de terror, represión y tierra arrasada.
> 
> 
> 
> El lenguaje constitucional que le impide participar en elecciones es claro
> no solo en su sentido jurídico sino también gramático. En efecto, el
> Artículo 186, Sección A, de la Constitución Política habla de impedimentos
> eleccionarios para caudillos, jefes de un golpe de Estado, jefes de una
> revolución armada o movimiento similar "que haya alterado el orden
> constitucional." Los redactores de este artículo constitucional le dieron a
> los verbos haber y alterar la forma compuesta del perfecto del subjuntivo
> para indicar, precisamente, el carácter de una acción que tuvo lugar en el
> pasado pero que ella misma o sus efectos continúen en el presente. De no ser
> asi, es decir, si los constitucionalistas hubiera querido que dicha cláusula
> no tuviera carácter retroactivo, como arguye el Sr. Ríos Montt y sus
> seguidores, entonces hubieran escogido una forma gramatical distinta que
> hubiera prescindido del verbo auxiliar haber conjugado con el verbo alterar
> en la forma del perfecto del subjuntivo. La cláusula tendría que leer
> simplemente: "que altere el orden constitucional."
> 
> 
> 
> Pero aparte de las cuestiones gramaticales del texto constitucional están
> los fundamentos normativos que impiden la participación electoral del Sr.
> Ríos Montt. En por lo menos dos ocasiones, durante las elecciones de 1990 y
> 1995, tanto el Tribunal Supremo Electoral como la Corte Suprema de Justicia,
> así como la Corte de Constitucionalidad, han establecido sin lugar a dudas
> que el Sr. Ríos Montt está sujeto a principios jurídicos que, en materia de
> elegibilidad, han regido el orden legal guatemalteco antes y, mas aun,
> durante la transición democrática en Guatemala. Pero ante la insistencia del
> Sr. Ríos Montt y sus seguidores de que no tienen impedimentos legales para
> participar en las próximas elecciones generales, vale la pena recordar los
> razonamientos desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
> (Informe No. 30/93, Caso 10.804, 12 de octubre de 1993), en respuesta a los
> argumentos del Sr. Ríos Montt. Estos pueden resumirse del siguiente modo:
> 
> 
> 
> -         ¿Es consistente la legislación internacional con la condición de
> inelegibilidad permanente que establece la Constitución de Guatemala en su
> artículo 186 respecto a los jefes de movimientos políticos que rompen el
> orden constitucional o asumen la Jefatura del Estado a raíz de los mismos?
> Tomando en cuenta la Convención Interamericana de Derechos Humanos en su
> conjunto y en sus relaciones con otros instrumentos principales del sistema
> interamericano, tomando también en cuenta el contexto del derecho
> constitucional guatemalteco e internacional y, finalmente, tomando en cuenta
> las circunstancias jurídicas que constituyen y rodean la decisión de
> instituciones centrales del Estado de no aceptar la candidatura del señor
> Ríos Montt, la respuesta de la CIDH es positiva. Hay que recordar, también,
> que las decisiones pasadas de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala en
> cuanto a la inelegibilidad al cargo presidencial del Sr. Ríos Montt
> reconocen la primacía que la propia Constitución de Guatemala otorga a la
> Convención Americana sobre Derechos Humanos dentro del ordenamiento jurídico
> doméstico.
> 
> 
> 
> -         En cuanto al argumento del Sr. Ríos Montt de que, al momento del
> Golpe de Estado de 1982 y la suspensión de la Constitución de 1965 Guatemala
> se encontraba en algo así como un vacío legal, la CIDH ha opinado que la
> misma condición de inelegibilidad para quienes lideran movimientos o
> gobiernos de ruptura del orden constitucional que apareció en la
> Constitución de 1985 ya había aparecido en las sucesivas Constituciones de
> Guatemala desde principios de este siglo y había sido mantenida por
> distintas reformas a las mismas. En materia de precedente constitucional,
> entonces, no hay vacío legal sino una jurisprudencia democrática clara.
> "Queda así establecido - nos dice la CIDH - que esta condición de
> inelegibilidad establecida por el artículo 186 de la Constitución de
> Guatemala es una norma constitucional consuetudinaria de firme tradición en
> la región centroamericana."
> 
> 
> 
> -         Y, aparte de ser jurisprudencia local, estos principios - a veces
> incluso redactados de la misma manera - son parte de otras Constituciones de
> varios países centroamericanos como Honduras y Nicaragua y tratados
> regionales como el Tratado General de Paz y Amistad celebrado entre los
> Gobiernos de las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y
> Costa Rica en 1923  por el cual las Partes Contratantes se obligaban a no
> reconocer a gobiernos de ninguna de las cinco repúblicas que surgieran por
> golpe de estado o si alguna de las altas autoridades electas hubieran sido
> "jefe o uno de los jefes del golpe de estado o de la revolución,... sus
> consanguíneos, o quienes hubieran tenido alto mando militar inmediatamente
> antes o durante las mismas".  Establecía también dicho tratado el compromiso
> de incluir en sus Constituciones el principio de no-reelección.
> 
> 
> 
> -         De acuerdo a la CIDH, la razón de ser de estos principios no es
> para impedir la elección de rivales políticos a altos cargos públicos,
> aunque esto quizás haya sido parte de la tradición. Mucho más importante que
> ello era el hecho de inhabilitar líderes golpistas para altas magistraturas
> y proveer para la no reelección por considerarse estos principios jurídicos
> como necesarios para una relación internacional pacifica y de defensa común
> y para la consolidación democrática de la región.
> 
> 
> 
> -         El Sr. Ríos Montt también ha argumentado que negarle la
> participación en elecciones presidenciales constituye un acto de
> discriminación en su contra y también en contra de sus simpatizantes que es
> contrario no sólo al artículo 23, Derechos Políticos, de la Convención
> Americana, sino a los principios generales de la misma y también a
> principios contenidos en la Ley de Registro Electoral y en la Constitución
> Política de Guatemala en materia de derechos civiles. La CIDH ha respondido
> a este argumento de tres modos.
> 
> Primero, que incluso en casos de presidentes constitucionalmente electos, la
> legislación comparada constitucional de la región demuestra que ha habido
> preferencia por su inelegibilidad ya sea por períodos determinados o de por
> vida. Este principio ha sido adoptado de manera mas enfática en casos de
> nepotismo, el conflicto de intereses (contratistas del Estado, etc.),
> condición de miembro de órdenes religiosas, de otros poderes o servicios del
> Estado (magistrados judiciales y militares activos, etc.) y, mas claramente,
> en caso de golpistas.
> 
> Segundo, "que si bien es efectivamente posible hipotéticamente que una
> restricción de este tipo impida la plena defensa personal de un miembro de
> una planilla y puede llegar a cercenar derechos reconocidos por la
> Convención, ello no ocurre en el caso del recurrente. Ello se debe a que las
> numerosas reclamaciones administrativas y judiciales realizadas por los
> partidos que lo postularon como Presidente, así como las personales del
> candidato, presentan la misma argumentación y se basan en los mismos
> hechos." La CIDH ha concluido que "en el caso particular en examen no se
> restringió la capacidad de defensa efectiva del candidato, ni le produjo un
> daño o deterioro a su derecho."
> 
> Finalmente, que la inelegibilidad del Sr. Ríos Montt surge precisamente de
> "un acto de Asamblea Constituyente elegida por votación democrática en la
> que el pueblo guatemalteco decidió a través de sus representantes
> constituyentes que era necesario mantener dicha causal, ya existente en la
> historia constitucional guatemalteca y aún más, hacerla permanente." Lejos
> de representar un principio constitucional incluido en la Constitución de
> 1985 con dedicatoria especial, los principios contenidos en el Artículo 186
> están allí, precisamente, para hacer efectivo el funcionamiento
> constitucional de la transición democrática guatemalteca y, de manera mas
> concreta, para defender la integridad de los derechos de sus ciudadanos.
> 
> 
> 
> -         ¿Y qué de la amnistía que benefició al señor Ríos Montt en 1986 y
> su capacidad de derogar los efectos de la cláusula de inelegibilidad
> establecida en la Constitución de 1985? La CIDH ha reconocido que ya la
> Corte Suprema de Justicia y la de Constitucionalidad de Guatemala han
> establecido claramente que dicha amnistía se refiere a posibles delitos
> cometidos por los beneficiados, pero no a la condición del señor Ríos Montt
> en tanto Jefe de Estado surgido impuesto por un movimiento militar. Estos
> principios también tienen precedente en la región e, incluso, en el mundo
> anglosajón.
> 
> 
> 
> 
> 
> Estas deliberaciones constituyen el basamento jurídico que, en definitiva,
> establecen la inelegibilidad del Sr. Ríos Montt en elecciones pasadas así
> como también en las futuras. Estos principios y las instituciones
> democráticas que los han defendido en Guatemala son parte de la arquitectura
> central del sistema democrático que, contra viento y marea, está lentamente
> instaurándose en Guatemala. Gracias al accionar de estas instituciones, por
> ejemplo, el sistema incipientemente democrático de Guatemala fue restaurado
> después del Serranazo de 1992.
> 
> 
> 
> Sin embargo, los argumentos del Sr. Ríos Montt contradicen los argumentos de
> las instituciones democráticas de la transición guatemalteca y la ley
> internacional en materia de derechos humanos. Así, cuando el ex-dictador
> dice "Yo soy Guatemala" el también está diciendo que la institucionalidad
> democrática no es Guatemala, que él está por encima de dicha
> institucionalidad, que él está por encima de la ley internacional tal y como
> era la situación cuando fue Jefe de Estado en 1982-83. Por lo tanto, la
> reelección del Sr. Ríos Montt implicaría el término de la transición misma
> tal y como ésta ha venido dándose, mal que bien, desde el inicio de
> gobiernos civiles electos en 1986 y, sobre todo, desde la firma de los
> acuerdos de paz en 1996. Dado el hecho de que todo lo que representa el Sr.
> Ríos Montt van en contra de los acuerdos de paz, desde su libertad misma
> hasta su retórica electoral mesiánica, no cabe la menor duda de que su
> expresión "Yo soy Guatemala" implica "Yo no estoy a favor de los acuerdos de
> paz y estoy en total desacuerdo con las conclusiones de la Comisión de
> Esclarecimiento Histórico." Esto ultimo significa, simplemente, "yo estoy en
> contra de la justicia" tal y como ésta es definida por el derecho nacional e
> internacional y a favor de perpetuar la impunidad. "Yo soy Guatemala"
> significa, en definitiva, que Guatemala no puede ser democrática. Esto
> ultimo significa que la república está en peligro serio de interrumpir, de
> manera sustancial y quizás irreparable, su proceso democrático en la medida
> en la cual el espíritu mesiánico, caudillista y de impunidad que guía al
> líder eferregista y sus seguidores logren imponer los términos del debate
> electoral y, peor aun, manipular las instituciones de la transición a fin de
> instaurar una figura explícitamente dictatorial.
> 
> 
> 
> La razón de todo esto es simple. El refuerzo lento del imperio de la
> justicia y la ley en la transición guatemalteca representa una amenaza
> directa contra la libertad del Sr. Ríos Montt, contra lo que él representa
> en el momento histórico presente y contra la supervivencia de esas
> tendencias dictatoriales que todavía inspiran a sectores importantes de la
> sociedad aglutinados alrededor de figuras caudillistas como la del Sr. Ríos
> Montt. En cuanto a la libertad de que injustamente disfruta el Sr. Ríos
> Montt, la misma se encuentra actualmente bajo un renovado escrutinio legal
> en España debido a la falta de voluntad política y a las debilidades y
> contradicciones de la transición democrática en Guatemala que no permiten o
> no quieren enjuiciar todavía al antiguo general en territorio guatemalteco.
> Sin importar lo que pase en España, lo cierto del caso es que el Sr. Ríos
> Montt todavía tiene que responder en Guatemala por crímenes de lesa
> humanidad cometidos, directa e indirectamente bajo sus órdenes, durante los
> años 1982 y 1983. La popularidad del ex-caudillo militar de seguridad
> nacional, incluso al interior de comunidades rurales que sufrieron
> grandemente bajo su dictadura, no niega los hechos grotescos que día a día,
> en forma de osamentas, se desentierran en varios lugares de la república y
> mantienen viva la memoria y abiertas la heridas dejadas por las masacres,
> desapariciones y practicas de tierra arrasada que de forma rutinaria e
> impune se practicaron bajo el régimen del Sr. Ríos Montt.
> 
> 
> 
> No cabe la menor duda que mucha de la gente que circula alrededor del Sr.
> Ríos Montt, desde el Presidente de la República mismo hasta miembros de base
> del Frente Republicano Guatemalteco (FRG), ven en la figura del caudillo una
> figura de unidad, de autoridad, de rectitud e integrad y hasta de "cambio."
> No hay duda que la figura autoritaria del posible candidato eferregista
> evoca memorias de una pasado idílico, percibido en algunos círculos sociales
> como de una belle époque de orden y tranquilidad que supuestamente precedió
> a la época caótica, de crimen generalizado, de corrupción gubernamental y de
> "ingobernabilidad" que hoy azota a la república desde Livingston hasta
> Ciudad Tecún Uman y desde Melchor de Mencos hasta Puerto Quetzal. Aunque
> dicho pasado nunca haya existido y represente una construcción ideológica
> con trasfondo reaccionario en tiempo de crisis cultural y política, el
> antiguo general se ha preparado a sí mismo, y ha ido siendo cuidadosamente
> preparado por los ingenieros políticos a su servicio, precisamente para
> encarnar la utopía de una Guatemala distinta, es decir, la Guatemala cuyas
> raíces se encuentran en el pasado dictatorial. Solo en este sentido es
> posible entender la idea anacrónica de que el ex-general ha estado
> predestinado, desde su nacimiento, para gobernar al país. Solo así es
> posible entender también el oxímoro de que el Sr. Ríos Montt representa el
> "cambio."
> 
> 
> 
> ¿Significa esto que los/as seguidores/as del político republicano no
> entienden lo que significa la encarnación anti-democrática del ex-caudillo y
> ex-dictador? Desde luego que no. La trayectoria del ex-dictador durante los
> años ochentas así como su trayectoria como Presidente del Congreso desde el
> año 2000 es ampliamente conocida. A nadie escapa, por ejemplo, la forma como
> el Presidente del Congreso emitió leyes en el año 2001 sin que las mismas
> hayan sido aprobadas por dicha cámara de diputados. Aparte de demostrar
> cinismo en relación a los procedimientos parlamentarios, lo cual casi le
> costó la presidencia del Congreso, el Sr. Ríos Montt también demostró que
> para él la fuente ultima de la legitimidad política se encuentra, no en la
> sociedad organizada ni en sus procesos democráticos, sino en su persona
> misma y su voluntad suprema. Y es precisamente esta fusión de legitimidad
> con voluntad suprema, del derecho con el hecho de la fuerza,
> independientemente de los procedimientos y actores democráticos, lo que hace
> del ex-general una opción atractiva para mucha gente en Guatemala. Lo cierto
> del caso es que la "política de mano dura" de la cual se nutre la cultura
> eferregista tiene claro eco en sectores todavía amplios de la sociedad. La
> impunidad con la que el ex-dictador conduce sus asuntos políticos en la
> cámara de diputados y en la vida nacional también es una expresión de la
> debilidad y de las contradicciones de la transición democrática en
> Guatemala. Es esto, precisamente, lo mas peligroso de todo el proceso
> electoral ahora en marcha.
> 
> 
> 
> Es ya peligroso cuando movimientos sociales, partidos políticos y hasta
> intelectuales relativamente marginales se plantean llegar al poder por medio
> de la fuerza, en nombre de la patria, la nación y hasta la dignidad del
> pueblo. Los medios de comunicación en Guatemala están llenos de voces y
> plumas de gente que repetidamente le hacen una llamado al "pueblo" para que
> se rebele, para que no tenga miedo, para que finalmente tome la riendas de
> la nación. Estas voces y plumas parecen olvidarse no solo del pasado
> violento y autoritario que dichas soluciones de fuerza populistas y
> demagogas desataron en muchas ocasiones sino que, también, parecen ignorar
> que, bajo las condiciones de la transición democrática, la única medida de
> hecho admisible es la desobediencia civil y la resistencia pacifica.
> 
> 
> 
> Pero es aún mas peligroso que el partido en el poder intente hacer lo mismo,
> es decir, secuestrar la presidencia de la república con base a una formula
> anti-constitucional y, al mismo tiempo que lo intenta, encuentre todo un
> movimiento social que lo respalda y una oposición que enmarca la critica de
> dichas pretensiones en los términos más tradicionales y tristes de la
> cultura política guatemalteca. Así, por ejemplo, el Sr. Alvaro Colom, actual
> líder de la Unión Nacional de la Esperanza (UNE) y ex-candidato presidencial
> (nombrado para ello, a puertas cerradas, por la antigua dirigencia de la
> ex-guerrilla) en las elecciones de 1999 por la Alianza Nueva Nación (ANN),
> recientemente declaró a la prensa: "Que participe porque de todos modos va a
> perder." Con este tipo de declaraciones tanto el Sr. Colom como otra gente
> de oposición le están haciendo el juego retórico y electoral a las
> expresiones políticas que apuestan su destino en el altar donde intentan
> sacrificar los logros democráticos de los últimos quince años.
> 
> 
> 
> En última instancia, la participación del Sr. Ríos Montt en las elecciones
> generales programadas tentativamente para noviembre del 2003 no debe ser
> entendida como parte de una contienda electoral entre hombres bien machos,
> con buen control de sus respectivas maquinarias políticas y sin temor alguno
> a sus contrincantes. Esa es la retórica machista, caudillista y mesiánica en
> la que muchos seguidores del Sr. Ríos Montt quieren enmarcar las criticas
> que se le hacen al antiguo general. Esa es la retórica que los medios de
> comunicación  mismos - de manera poco sorprendente - también están empleando
> para abordar estas cuestiones. Pero la oposición política a la candidatura
> del ex-dictador tiene que alejarse decididamente de dicha retórica y
> afianzarse fuertemente de las instituciones y los lenguajes de la transición
> democrática. Al mismo tiempo, la oposición política democrática también
> tiene que alejarse de aquellas figuras políticas que le hagan el juego
> retórico y electoral a las fuerzas y provocaciones del actual partido
> oficial. La oposición civil y democrática tiene que emplear y ampliar el
> lenguaje democrático de la transición y, si el mismo resulta insuficiente,
> entonces tienen que inventarlo o reconstruirlo. El retorno a los lenguajes
> políticos del pasado, marcados esencialmente por el machismo, el
> caudillismo, el mesianismo y las posiciones extremas de intolerancia, tanto
> de izquierda como de derecha, tanto a puertas cerradas como en la esfera
> pública, tienen que ser reemplazados por los nuevos lenguajes abiertos,
> inclusivos y democráticos de la transición. La retórica esencialmente
> ontológica y mesiánica del Sr. Ríos Montt tiene que ser desplazada en la
> esfera pública, sobre la base de mejores argumentos, por los lenguajes de
> una sociedad civil que está aprendiendo a vivir en libertad y en democracia.
> 
> 
> 
> Tanto la oposición como la incipiente sociedad civil saben que, después de
> todo, el Sr. Ríos Montt no es Guatemala y la transición democrática, por su
> propia naturaleza, no está predestinada al suicidio.
> 
> 
> --------------------
> 
> Marco Fonseca, Ph.D.
> 
> Adjunct Professor
> Department of Political Science
> University of Toronto
> 100 St. George Street
> Toronto, ON M5S 3G3
> Canada
> http://www.chass.utoronto.ca/polsci/
> Tel:  416-946-5224
> Email: m.fonseca en utoronto.ca
> ================================
> 
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