[R-P] TRAICIÓN A LA PATRIA

Domingo Schiavoni domingoschiavoni en arnet.com.ar
Mie Abr 10 16:53:00 MDT 2002


Esta Carta al Director salió publicada hoy (11-04-02) en el Diario El
Liberal de Santiago del Estero. Saludos. MINGO.

Traición a la patria


Señor director: El artículo 29 de la Constitución Nacional establece: "El
Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional facultades extraordinarias
por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a
merced de gobiernos. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad
insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la
responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria".
El código penal -artículos 227 y 215- establece la pena de reclusión o
prisión perpetua a los miembros del Congreso que concedieren al Ejecutivo
dichas facultades extraordinarias, más inhabilitación absoluta con privación
del cargo público que ejercía el penado, e incapacidad para nuevos cargos
públicos.
La ley Nº 25.561 otorgó al Ejecutivo facultades extraordinarias, y su
consecuencia ha sido la pérdida de vidas y el quebranto de la fortuna de los
argentinos, comprendiendo sueldos y jubilaciones.
Ya se han iniciado denuncias judiciales y administrativas sobre el tema,
para determinar la posible o presunta comisión del delito. La Justicia
deberá expedirse sobre el tema.

Dr. Marcelo J. Castro Corbat

http://www.elliberal.com.ar/05opi/fo.html







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